Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/187-3)
Orden de 14 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la adquisición de lotes bibliográficos destinados a las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «NextGenerationEU» y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15115/4
dada su naturaleza. No procede realizar una evaluación sustantiva al resultar suficiente
la evaluación simplificada. Según los anexos VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241 las
actuaciones que se ejecutan tienen un coeficiente del 0% como contribución tanto para
el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos como para el cálculo de la ayuda a los
objetivos medioambientales y para el cálculo de la ayuda a la transición digital.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía y en la Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en la elaboración de esta
orden, se ha tenido en cuenta la integración transversal del principio de igualdad de género.
Por la naturaleza de la subvención y de las entidades solicitantes, entre los criterios
de valoración de las solicitudes no han sido incluidos los contemplados en los apartados:
c) valoración de los empleos estables creados o mantenidos; d) valoración de actuaciones
que incluyan la perspectiva de discapacidad; e) ponderación del impacto en la salud; y f)
seguridad laboral, del artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010,
de 4 de mayo, dada la dificultad de acreditar el cumplimiento de dichos criterios.
V. La presente orden se ajusta a los principios de buena regulación normativa
recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, a los principios de
necesidad y eficacia, justificada por razones de interés general, como es la concesión de
subvenciones públicas destinadas a la dotación de fondos de las bibliotecas públicas de
Andalucía para que exista una mayor oferta gratuita de libros, con el fin de incrementar el
índice de lectura. En relación con el principio de eficiencia, la norma resulta el instrumento
más indicado para los intereses que se persiguen quedando claros sus objetivos y
reduciendo los costes y cargas administrativas al establecerse la tramitación electrónica.
Respecto a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad, la norma es coherente
con el ordenamiento jurídico y contiene la regulación y obligaciones necesarias que
exige la normativa sobre subvenciones. Por último, la norma cumple con el principio de
transparencia, al ajustarse a lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, respecto al trámite de consulta pública previa y al artículo 45 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el trámite de audiencia e información pública, a efectos de garantizar el mayor acierto en
la confección de la disposición, con la participación del sector al que va dirigida.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Documental y
Bibliográfico, en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo,
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades
locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la adquisición de
lotes bibliográficos en formato papel destinados a las bibliotecas incluidas en la Red
de Bibliotecas Públicas de Andalucía, dentro del marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) «NextGenerationEU», integradas por:
- El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268388
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
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dada su naturaleza. No procede realizar una evaluación sustantiva al resultar suficiente
la evaluación simplificada. Según los anexos VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241 las
actuaciones que se ejecutan tienen un coeficiente del 0% como contribución tanto para
el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos como para el cálculo de la ayuda a los
objetivos medioambientales y para el cálculo de la ayuda a la transición digital.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía y en la Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en la elaboración de esta
orden, se ha tenido en cuenta la integración transversal del principio de igualdad de género.
Por la naturaleza de la subvención y de las entidades solicitantes, entre los criterios
de valoración de las solicitudes no han sido incluidos los contemplados en los apartados:
c) valoración de los empleos estables creados o mantenidos; d) valoración de actuaciones
que incluyan la perspectiva de discapacidad; e) ponderación del impacto en la salud; y f)
seguridad laboral, del artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010,
de 4 de mayo, dada la dificultad de acreditar el cumplimiento de dichos criterios.
V. La presente orden se ajusta a los principios de buena regulación normativa
recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, a los principios de
necesidad y eficacia, justificada por razones de interés general, como es la concesión de
subvenciones públicas destinadas a la dotación de fondos de las bibliotecas públicas de
Andalucía para que exista una mayor oferta gratuita de libros, con el fin de incrementar el
índice de lectura. En relación con el principio de eficiencia, la norma resulta el instrumento
más indicado para los intereses que se persiguen quedando claros sus objetivos y
reduciendo los costes y cargas administrativas al establecerse la tramitación electrónica.
Respecto a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad, la norma es coherente
con el ordenamiento jurídico y contiene la regulación y obligaciones necesarias que
exige la normativa sobre subvenciones. Por último, la norma cumple con el principio de
transparencia, al ajustarse a lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, respecto al trámite de consulta pública previa y al artículo 45 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el trámite de audiencia e información pública, a efectos de garantizar el mayor acierto en
la confección de la disposición, con la participación del sector al que va dirigida.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Documental y
Bibliográfico, en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo,
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades
locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la adquisición de
lotes bibliográficos en formato papel destinados a las bibliotecas incluidas en la Red
de Bibliotecas Públicas de Andalucía, dentro del marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) «NextGenerationEU», integradas por:
- El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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