Autoridades y personal. Universidades. (2022/179-64)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14590/5
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en
la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número y
dispondrá que en su sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá
a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Dichas
cuestiones podrán ser planteadas en el número de teléfono 950 015 126 o en el formulario
disponible en la siguiente dirección web: https://www.ual.es/contacta
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las
recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.
5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de
pleno derecho.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de
funcionarios/as de carrera.
7.1. Finalizado el primer ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará
Resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una
calificación igual o superior a la exigida para su superación. Dicha resolución establecerá
un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para
la presentación de alegaciones, que serán resueltas en idéntico plazo. Una vez resueltas
las alegaciones, el Tribunal hará pública nueva resolución aprobando la relación definitiva
de aspirantes que han superado el primer ejercicio y convocando a los mismos a la
celebración del segundo. Igualmente, los aspirantes que figuren en la citada relación
definitiva dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de la misma, para presentar en el Registro General de la Universidad de
Almería o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267865
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que
acrediten su identidad.
6.2. Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por
el Tribunal.
6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la
celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los
locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se
juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.
6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del mismo, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14590/5
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en
la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número y
dispondrá que en su sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá
a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Dichas
cuestiones podrán ser planteadas en el número de teléfono 950 015 126 o en el formulario
disponible en la siguiente dirección web: https://www.ual.es/contacta
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las
recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.
5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de
pleno derecho.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de
funcionarios/as de carrera.
7.1. Finalizado el primer ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará
Resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una
calificación igual o superior a la exigida para su superación. Dicha resolución establecerá
un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para
la presentación de alegaciones, que serán resueltas en idéntico plazo. Una vez resueltas
las alegaciones, el Tribunal hará pública nueva resolución aprobando la relación definitiva
de aspirantes que han superado el primer ejercicio y convocando a los mismos a la
celebración del segundo. Igualmente, los aspirantes que figuren en la citada relación
definitiva dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de la misma, para presentar en el Registro General de la Universidad de
Almería o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267865
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que
acrediten su identidad.
6.2. Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por
el Tribunal.
6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la
celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los
locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se
juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.
6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del mismo, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.