Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/175-1)
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022

página 14182/2

mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores,
personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales
comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y
garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción
social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social,
en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, aprobadas
mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021).
Tercero. Dotación.
Se destinará a la Línea 16 una cuantía máxima de 963.600,00 euros, provenientes
del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, imputándose el gasto exclusivamente
al ejercicio presupuestario 2022, a gestionar en su totalidad desde servicios centrales.

Quinto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes deberán ir dirigidas al Director General de Infancia, Adolescencia
y Juventud, según lo recogido en el apartado 10.b) del cuadro resumen de la Línea 16
aprobado mediante la Orden de 20 de julio de 2021.
2. Las solicitudes indicadas se presentarán, de acuerdo al apartado 10.c) del cuadro
resumen de dicha línea, aprobado mediante la Orden de 20 de julio de 2021, en el
registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección
electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 20 de julio de 2021
anteriormente referenciada, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/
servicios.html https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el
artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a
efectos informativos.
3. La utilización del formulario Anexo I de solicitud tendrá carácter obligatorio,
debiendo las entidades solicitantes ajustarse a los mismos, de acuerdo con el artículo 10
de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras
tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto de la presente orden de convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Actuaciones subvencionables.
De acuerdo con el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la Línea 16 incluido en las
Bases Reguladoras, las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
Programas de atención integral, que incluyan alojamiento y manutención así como
preparación para la vida independiente, dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del
Sistema de Protección de Menores que se encuentren en alto riesgo de caer en manos
de redes de trata u otras formas de violencia de género, por estar en situación de especial
vulnerabilidad.