Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/175-1)
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022
página 14182/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de
subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral
dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores,
en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad,
reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad
gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria,
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito
de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
actualmente denominada Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones
a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convoca para el ejercicio 2022, en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía total máxima que se
especifica y con cargo a los créditos presupuestarios indicados:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CUANTÍA
MÁXIMA
(en euros)
2. La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotación
presupuestaria se produce con cargo a créditos provenientes de la Administración
General del Estado para la subvención de actuaciones en el contexto del Pacto de Estado
contra la Violencia de Género.
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267450
Línea 16. Subvenciones a entidades privadas para
programas de atención integral dirigidos a mujeres
1600180000G/31E/48603/00 S0689 963.600,00
jóvenes procedentes del Sistema de Protección de
Menores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022
página 14182/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de
subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral
dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores,
en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad,
reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad
gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria,
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito
de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
actualmente denominada Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones
a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convoca para el ejercicio 2022, en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía total máxima que se
especifica y con cargo a los créditos presupuestarios indicados:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CUANTÍA
MÁXIMA
(en euros)
2. La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotación
presupuestaria se produce con cargo a créditos provenientes de la Administración
General del Estado para la subvención de actuaciones en el contexto del Pacto de Estado
contra la Violencia de Género.
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267450
Línea 16. Subvenciones a entidades privadas para
programas de atención integral dirigidos a mujeres
1600180000G/31E/48603/00 S0689 963.600,00
jóvenes procedentes del Sistema de Protección de
Menores.