Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/528-10)
Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13185/2
DISPONGO
Artículo 2. Organización general de la Consejería.
1. De acuerdo con lo previsto en los artículos 24 y 25 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, bajo la superior
dirección de su titular, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los
siguientes órganos directivos centrales:
a) Viceconsejería.
b) Secretaría General de Inclusión Social.
c) Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad.
d) Secretaría General Técnica.
e) Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente.
f) Dirección General de Dependencia.
g) Dirección General de Personas con Discapacidad.
h) Dirección General de Políticas Migratorias.
i) Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada.
j) Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266470
Artículo 1. Competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad.
De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponde a la persona titular de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, además de las funciones
asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, las siguientes competencias:
a) La propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno
sobre promoción de las políticas sociales.
b) La planificación, coordinación, seguimiento, inspección y evaluación de los
Servicios Sociales de Andalucía.
c) La ordenación de las Entidades, Centros y Servicios Sociales en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
d) El desarrollo, coordinación y promoción de las políticas activas en materia de
personas mayores, así como la inclusión social de personas con discapacidad.
e) El establecimiento de las directrices, impulso, control y coordinación para el
desarrollo de las políticas para la promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia.
f) El Desarrollo de la red de Servicios Sociales Comunitarios.
g) La propuesta, desarrollo, ejecución y coordinación de las directrices generales
del Consejo de Gobierno en relación con las competencias asignadas en materia de
participación ciudadana y voluntariado.
h) La coordinación de las políticas migratorias.
i) La propuesta, desarrollo, coordinación y programación de políticas de juventud.
j) La planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación
con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación.
k) Las políticas de promoción a las familias.
l) La coordinación de las políticas de igualdad de la Junta de Andalucía y la
determinación, coordinación y vertebración de las políticas de igualdad entre hombres y
mujeres.
m) La planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e
impulso de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 7/2018,
de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de
prevención y protección integral contra la violencia de género.
n) Todas aquellas políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de inclusión
social, juventud, familias e igualdad tengan carácter transversal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13185/2
DISPONGO
Artículo 2. Organización general de la Consejería.
1. De acuerdo con lo previsto en los artículos 24 y 25 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, bajo la superior
dirección de su titular, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los
siguientes órganos directivos centrales:
a) Viceconsejería.
b) Secretaría General de Inclusión Social.
c) Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad.
d) Secretaría General Técnica.
e) Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente.
f) Dirección General de Dependencia.
g) Dirección General de Personas con Discapacidad.
h) Dirección General de Políticas Migratorias.
i) Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada.
j) Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266470
Artículo 1. Competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad.
De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponde a la persona titular de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, además de las funciones
asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, las siguientes competencias:
a) La propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno
sobre promoción de las políticas sociales.
b) La planificación, coordinación, seguimiento, inspección y evaluación de los
Servicios Sociales de Andalucía.
c) La ordenación de las Entidades, Centros y Servicios Sociales en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
d) El desarrollo, coordinación y promoción de las políticas activas en materia de
personas mayores, así como la inclusión social de personas con discapacidad.
e) El establecimiento de las directrices, impulso, control y coordinación para el
desarrollo de las políticas para la promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia.
f) El Desarrollo de la red de Servicios Sociales Comunitarios.
g) La propuesta, desarrollo, ejecución y coordinación de las directrices generales
del Consejo de Gobierno en relación con las competencias asignadas en materia de
participación ciudadana y voluntariado.
h) La coordinación de las políticas migratorias.
i) La propuesta, desarrollo, coordinación y programación de políticas de juventud.
j) La planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación
con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación.
k) Las políticas de promoción a las familias.
l) La coordinación de las políticas de igualdad de la Junta de Andalucía y la
determinación, coordinación y vertebración de las políticas de igualdad entre hombres y
mujeres.
m) La planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e
impulso de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 7/2018,
de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de
prevención y protección integral contra la violencia de género.
n) Todas aquellas políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de inclusión
social, juventud, familias e igualdad tengan carácter transversal.