Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/528-6)
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022

página 13181/4

Artículo 6. Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
1. Corresponde a la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
con rango de Viceconsejería, el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo
28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
2. Así mismo, corresponde a la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación la dirección, coordinación y control de las actividades:
a) De los siguientes órganos directivos centrales:
1.º La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.
2.º La Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
b) Del IFAPA.
3. Corresponde a la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
impulsar y coordinar la ejecución de las acciones relacionadas con las siguientes
materias:
a) La coordinación de las políticas dirigidas a los sectores agrícola, ganadero y
agroalimentario.
b) El impulso de métodos de producción agrarios y agroalimentarios sostenibles, que
contribuyan a la protección de los recursos naturales y a la mitigación y adaptación al
cambio climático, y en particular, la producción ecológica.
c) La definición de la política de apoyo a la agroindustria andaluza fomentando su
competitividad, sostenibilidad e internacionalización, sin perjuicio de las competencias de
la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria relativas a su
dirección y ejecución.
d) El impulso y coordinación de actuaciones para la mejora del funcionamiento de
los mercados agrarios y alimentarios, con especial atención a la calidad y trazabilidad de
los productos y a la generación de valor y su adecuado reparto en todas las fases de la
cadena agroalimentaria.
e) La coordinación y el seguimiento de los controles de la cadena alimentaria.
f) El impulso y la coordinación de la investigación, formación, información innovación,
la transferencia de tecnología en el sector agrario y agroalimentario, a través del
IFAPA, sin perjuicio de los objetivos, fines y competencias de este organismo público
de investigación, y de las funciones atribuidas a la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria.
g) El impulso de acciones para fomentar la transformación digital y la bioeconomía
circular en la cadena de valor agroalimentaria.
h) El impulso y coordinación de los planes y programas en materia de infraestructuras
rurales y de regadíos, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera relativas a su dirección y ejecución.
i) El diseño, la programación, evaluación y seguimiento mediante indicadores de las
políticas de incentivos públicos, incluidos los financiados con fondos europeos agrarios,
en coordinación con la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. Dependen directamente de la Viceconsejería:
a) La Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
b) La Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural.
c) La Secretaría General del Agua.
d) La Secretaría General Técnica.
e) La Dirección General de Pesca y Acuicultura.
f) La AGAPA.
g) La AMAYA.