Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/151-1)
Orden de 1 de agosto de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 8 de agosto de 2022
página 13034/6
Disposición adicional segunda. Delegación de competencias.
Se delega en las personas titulares del centro directivo con competencias en materia
de investigación, desarrollo e innovación en materia de salud, del centro directivo con
competencias en materia de salud pública así como del centro directivo con competencia
en materia de consumo, en su respectivo ámbito material de actuación, la competencia
para acordar e imponer las sanciones en relación a las subvenciones reguladas en la
presente orden.
Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.
A los procedimientos de concesión de subvenciones que a la entrada en vigor de la
presente orden se encuentren en tramitación, les será de aplicación la normativa vigente
en el momento de su inicio.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Queda derogada la Orden de 26 de octubre de 2017, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, para la promoción de la salud.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de agosto de 2022
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
00266312
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 8 de agosto de 2022
página 13034/6
Disposición adicional segunda. Delegación de competencias.
Se delega en las personas titulares del centro directivo con competencias en materia
de investigación, desarrollo e innovación en materia de salud, del centro directivo con
competencias en materia de salud pública así como del centro directivo con competencia
en materia de consumo, en su respectivo ámbito material de actuación, la competencia
para acordar e imponer las sanciones en relación a las subvenciones reguladas en la
presente orden.
Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.
A los procedimientos de concesión de subvenciones que a la entrada en vigor de la
presente orden se encuentren en tramitación, les será de aplicación la normativa vigente
en el momento de su inicio.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Queda derogada la Orden de 26 de octubre de 2017, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, para la promoción de la salud.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de agosto de 2022
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
00266312
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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