3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/119-22)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se concede autorización administrativa previa para el proyecto que se cita, promovidas por Mirabrás Solar, S.L., a ubicar en el término municipal de Lucena (Córdoba). (PP. 1435/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Jueves, 23 de junio de 2022

página 10024/2

Se produjeron alegaciones al proyecto por parte de:
- Asociación Ambiental «Mejorana».
- Asociación «Torre del Moral».
- Equipo Naturalista de Educación Ambiental «ENEA».
- Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).
El contenido de las mismas es de carácter ambiental, y fueron originalmente dirigidas
a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, que las remitió el 29
de noviembre de 2021 a esta Delegación del Gobierno. Las mencionadas alegaciones
fueron puestas en conocimiento del titular de acuerdo al artículo 126 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, para que manifestara lo que estimase conveniente.

Cuarto. Informe de Compatibilidad Urbanística.
De acuerdo a lo indicado en el entonces vigente, artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17
de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), según la redacción dada a
éste por el Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación
para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, en relación a actuaciones de interés
público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable, el 11 de marzo de 2021, se
solicitó del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), que dentro del plazo establecido de un mes,
procediera a emitir un Informe de Compatibilidad Urbanística del proyecto referenciado.
Con fecha 13 de abril de 2021, se obtuvo Informe de Compatibilidad Urbanística del
Ayuntamiento de Lucena, que en sus conclusiones establece la compatibilidad urbanística
del proyecto de la planta solar fotovoltaica «Mirabal II» con el planeamiento vigente en el
municipio.
A partir de 18 de diciembre de 2021, con la entrada en vigor del Decreto-ley 26/2021,
de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y
mejora de la calidad regulatoria para la activación económica de Andalucía, se modifica
el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y
del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, que requería la obtención de Informe de
Compatibilidad Urbanística de carácter vinculante para el procedimiento de autorización
de instalaciones energéticas. Desde dicho día desaparece la referencia a este
requerimiento urbanístico que era necesario incluir en los procedimientos energéticos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00263336

Tercero. Informe Ambiental Vinculante.
Con fecha 9 de septiembre de 2020, se remitió a la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Córdoba, documentación relativa a la planta solar fotovoltaica «Mirabal II»
y las instalaciones de evacuación de la misma formadas por:
1. Líneas subterráneas a 30 kV que discurren desde cada ramal de inversores hasta
la subestación colectora de la planta solar fotovoltaica,«SE Mirabal II».
2. La subestación colectora de la planta solar fotovoltaica, «SE Mirabal II».
3. La Línea MT 30 kV, de 458 metros, con origen en la subestación «SE Mirabal II» y
fin en la subestación elevadora «SET Premier Mirabal» 30/400 kV (objeto de otro proyecto).
A los efectos de lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de
agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, respecto al Informe
Ambiental Vinculante. Este organismo, competente en materia de medio ambiente, abrió
el expediente de Autorización Ambiental Unificada, AAU/CO/039/20, asociado a las
instalaciones mencionadas.
El 24 de enero de 2022 se recibió el Dictamen Ambiental, el día 25 de marzo de
2022, la Propuesta de Informe Vinculante y finalmente el 29 de marzo de 2022 se obtuvo
el Informe Ambiental Vinculante emitido por la Delegación Territorial de Desarrollo
Sostenible en Córdoba para el proyecto de la planta solar fotovoltaica «Mirabal II» y las
instalaciones de evacuación de la energía eléctrica generada en la misma, que informa
favorablemente el otorgamiento de Autorización Ambiental Unificada para el proyecto.