Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/117-1)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 23 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 21 de junio de 2022

página 10201/3

convocatoria de 361.907,83 euros y 553.511,26 euros respectivamente, que se distribuirán
territorialmente de la forma siguiente:
ANUALIDAD 2022

PROVINCIA

32.813,83 euros

ALMERÍA

0100030000 G/22B/46003/11 01

38.821,03 euros

CÁDIZ

0100030000 G/22B/46003/14 01

48.895,68 euros

CÓRDOBA

0100030000 G/22B/46003/18 01

55.540,74 euros

GRANADA

0100030000 G/22B/46003/21 01

27.594,42 euros

HUELVA

0100030000 G/22B/46003/23 01

36.927,10 euros

JAÉN

0100030000 G/22B/46003/29 01

58.326,08 euros

MÁLAGA

62.988,95 euros

SEVILLA

0100030000 G/22B/46003/41 01
TOTAL LINEA 1
PARTIDA PRESUPUESTARIA

361.907,83 euros
ANUALIDAD 2022

PROVINCIA

0100030000 G/22B/76001/04 01 2020000384

49.503,70 euros

ALMERÍA

0100030000 G/22B/76001/11 01 2020000384

58.566,29 euros

CÁDIZ

0100030000 G/22B/76001/14 01 2020000384

73.765,15 euros

CÓRDOBA

0100030000 G/22B/76001/18 01 2020000384

83.790,03 euros

GRANADA

0100030000 G/22B/76001/21 01 2020000384

41.629,57 euros

HUELVA

0100030000 G/22B/76001/23 01 2020000384

55.709,06 euros

JAÉN

0100030000 G/22B/76001/29 01 2020000384

87.992,05 euros

MÁLAGA

0100030000 G/22B/76001/41 01 2020000384

102.555,41 euros

SEVILLA

TOTAL LINEA 2

553.511,26 euros

Sexto. Reglas específicas.
La convocatoria 2022 estará sujeta a las siguientes reglas específicas:
1. Costes directos de actividades formativas para las personas integrantes de las
Agrupaciones (Línea 1).
- Retribuciones del personal de formación interno y externo. Como máximo será
subvencionable:
• Personal formador: 54 euros brutos/hora.
• Personal colaborador docente de carácter auxiliar: 30 euros brutos/hora.
• Personal colaborador en tareas materiales de apoyo, custodia o asistencia
similar: 20 euros brutos/hora.
- Dietas y alojamiento del personal de formación. Como máximo será subvencionable:
• Alojamiento: 64,27 euros.
• Manutención pernoctando: 40,82 euros.
• Manutención sin pernoctar: 26,67 euros.
• 1/2 Manutención: 20,89 euros.
2. Compensación de gastos.
Se podrán compensar entre cualesquiera de los conceptos subvencionados de gasto,
siempre y cuando dichas compensaciones no supongan un porcentaje superior al 10% del
presupuesto total aceptado. En cualquier caso, la variación deberá ser consecuentemente
informada en el informe de justificación.
3. Tras la baremación, se considerarán beneficiarios provisionales aquellos solicitantes
que hayan alcanzado mayor puntuación, según lo establecido en el apartado 12 del
Cuadro Resumen.
4. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de
las solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00263480

PARTIDA PRESUPUESTARIA
0100030000 G/22B/46003/04 01