3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/117-43)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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Número 117 - Martes, 21 de junio de 2022
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debe prestarse ininterrumpídamente, con todas las garantías de seguridad necesarias que
permitan su prestación en todo momento y circunstancia. Para ello, están en funcionamiento
dos centrales de Teleasistencia (Sevilla y Málaga) que actúan como respaldo la una de la otra.
La actividad que desarrolla el SAT se basa en la atención de llamadas, por lo que para
la determinación de los mínimos del Servicio, se tienen en consideración el número de
llamadas entrantes, las llamadas simultáneas atendidas y determinadas llamadas salientes
que están derivadas por las demandas planteadas por las personas usuarias en las llamadas
entrantes atendidas. Por otro lado, utilizando los recursos humanos y la plataforma operativa
del SAT, se atienden los siguientes servicios de atención a la ciudadanía: Atención a las
Personas Mayores, Atención a la Infancia, Información sobre Discapacidad y Accesibilidad,
Atención e Información sobre la Violencia Intrafamiliar. En la atención de estos teléfonos
además de llamadas de información se recogen las posibles situaciones de riesgo que
puedan sufrir las personas en Andalucía, como posibles maltratos y se recepcionan las
posibles incidencias de los dispositivos de Teleasistencia que impidan que las personas
usuarias contacten con la central, estas incidencias en concreto se consideran con carácter
urgente y tienen establecidas un tiempo máximo de resolución de 11 horas.
Respecto al Área de Drogodependencia, la Agencia gestiona comunidades
terapéuticas, que son centros en los que residen y pernoctan pacientes que requieren
una atención continuada las 24 horas. En estos centros se facilita un tratamiento integral
(médico, psicológico, socioeducativo, etc.), siguiendo una serie de principios básicos,
como son la gratuidad de la asistencia, la igualdad, confidencialidad, individualidad,
complementariedad, participación, etc. El ingreso en estos centros se realiza por
derivación de los Centros de Tratamiento Ambulatorios públicos y concertados de la
Red Pública para la Atención a las Drogodependencias y Adicciones de Andalucía. La
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia gestiona seis Comunidades Terapéuticas
para personas con problemas de adicción en régimen residencial ubicados: 2 en la
provincia de Huelva (Cartaya y Almonte), 1 en la provincia de Sevilla (Los Palacios), 2 en
la provincia de Cádiz (Tarifa y La Línea) y 1 en la provincia de Málaga (Mijas).
Además, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia gestiona el Centro de
seguimiento de usuarios/as del PEPSA. Este centro atiende a un grupo de personas,
dependientes de opiáceos por vía intravenosa a los que se trata con Diacetilmorfina y
con Metadona. Es un servicio permanente durante los 365 días y precisa de la presencia
de dos profesionales de la enfermería y de un o una profesional de la medicina en todo
momento, incluyendo fines de semana y festivos.
La falta de prestación de estos servicios podría afectar a bienes y derechos de los
ciudadanos reconocidos y protegidos en el Título Primero de la Constitución, entre otros,
el derecho a la vida, la protección del derecho a la salud y la promoción de políticas
públicas que atiendan las necesidades de las personas con discapacidad, todos
ellos proclamados en los artículos, 15, 43 y 49 de la Constitución Española. Por ello,
es necesario garantizar dichos servicios esenciales mediante la fijación de servicios
mínimos, determinándose los mismos en el anexo de esta resolución.
Se solicita propuesta de servicios mínimos en fecha 9 de junio de 2022 a la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia, cumpliendo de esa manera el preceptivo trámite de
audiencia, que fue remitido a esta Dirección General el 10 de junio de 2022. El sindicato
convocante, CGT ya en la convocatoria de huelga, hace constar su propuesta de servicios
mínimos: «Que de acuerdo con el contenido de las sentencias del Tribunal Constitucional
sobre servicios esenciales o mínimos, los convocantes de la huelga proponen como
servicios mínimos aquellos que permitiendo al máxim número de plantilla ejercer su
derecho fundamental a la Huelga, la interrupción del servicio pueda poner en peligro la
vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población española
conforme con la doctrina emanada de la OIT y al espíritu de la Constitución Española».
Tras el examen de las citadas propuestas, examinadas las discrepancias manifestadas
por las partes, la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral procede a elaborar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263486
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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debe prestarse ininterrumpídamente, con todas las garantías de seguridad necesarias que
permitan su prestación en todo momento y circunstancia. Para ello, están en funcionamiento
dos centrales de Teleasistencia (Sevilla y Málaga) que actúan como respaldo la una de la otra.
La actividad que desarrolla el SAT se basa en la atención de llamadas, por lo que para
la determinación de los mínimos del Servicio, se tienen en consideración el número de
llamadas entrantes, las llamadas simultáneas atendidas y determinadas llamadas salientes
que están derivadas por las demandas planteadas por las personas usuarias en las llamadas
entrantes atendidas. Por otro lado, utilizando los recursos humanos y la plataforma operativa
del SAT, se atienden los siguientes servicios de atención a la ciudadanía: Atención a las
Personas Mayores, Atención a la Infancia, Información sobre Discapacidad y Accesibilidad,
Atención e Información sobre la Violencia Intrafamiliar. En la atención de estos teléfonos
además de llamadas de información se recogen las posibles situaciones de riesgo que
puedan sufrir las personas en Andalucía, como posibles maltratos y se recepcionan las
posibles incidencias de los dispositivos de Teleasistencia que impidan que las personas
usuarias contacten con la central, estas incidencias en concreto se consideran con carácter
urgente y tienen establecidas un tiempo máximo de resolución de 11 horas.
Respecto al Área de Drogodependencia, la Agencia gestiona comunidades
terapéuticas, que son centros en los que residen y pernoctan pacientes que requieren
una atención continuada las 24 horas. En estos centros se facilita un tratamiento integral
(médico, psicológico, socioeducativo, etc.), siguiendo una serie de principios básicos,
como son la gratuidad de la asistencia, la igualdad, confidencialidad, individualidad,
complementariedad, participación, etc. El ingreso en estos centros se realiza por
derivación de los Centros de Tratamiento Ambulatorios públicos y concertados de la
Red Pública para la Atención a las Drogodependencias y Adicciones de Andalucía. La
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia gestiona seis Comunidades Terapéuticas
para personas con problemas de adicción en régimen residencial ubicados: 2 en la
provincia de Huelva (Cartaya y Almonte), 1 en la provincia de Sevilla (Los Palacios), 2 en
la provincia de Cádiz (Tarifa y La Línea) y 1 en la provincia de Málaga (Mijas).
Además, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia gestiona el Centro de
seguimiento de usuarios/as del PEPSA. Este centro atiende a un grupo de personas,
dependientes de opiáceos por vía intravenosa a los que se trata con Diacetilmorfina y
con Metadona. Es un servicio permanente durante los 365 días y precisa de la presencia
de dos profesionales de la enfermería y de un o una profesional de la medicina en todo
momento, incluyendo fines de semana y festivos.
La falta de prestación de estos servicios podría afectar a bienes y derechos de los
ciudadanos reconocidos y protegidos en el Título Primero de la Constitución, entre otros,
el derecho a la vida, la protección del derecho a la salud y la promoción de políticas
públicas que atiendan las necesidades de las personas con discapacidad, todos
ellos proclamados en los artículos, 15, 43 y 49 de la Constitución Española. Por ello,
es necesario garantizar dichos servicios esenciales mediante la fijación de servicios
mínimos, determinándose los mismos en el anexo de esta resolución.
Se solicita propuesta de servicios mínimos en fecha 9 de junio de 2022 a la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia, cumpliendo de esa manera el preceptivo trámite de
audiencia, que fue remitido a esta Dirección General el 10 de junio de 2022. El sindicato
convocante, CGT ya en la convocatoria de huelga, hace constar su propuesta de servicios
mínimos: «Que de acuerdo con el contenido de las sentencias del Tribunal Constitucional
sobre servicios esenciales o mínimos, los convocantes de la huelga proponen como
servicios mínimos aquellos que permitiendo al máxim número de plantilla ejercer su
derecho fundamental a la Huelga, la interrupción del servicio pueda poner en peligro la
vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población española
conforme con la doctrina emanada de la OIT y al espíritu de la Constitución Española».
Tras el examen de las citadas propuestas, examinadas las discrepancias manifestadas
por las partes, la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral procede a elaborar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263486
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía