5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5957/50
00259275
El conjunto de los usos Terciarios engloba los siguientes usos pormenorizados:
- Comercial (TC), relativo a las actividades de compraventa al por menor de productos
y mercancías.
- Hotelero (TH), que corresponde a los locales destinados al alojamiento (y
manutención en su caso) temporal de las personas.
- Oficinas (TO), concerniente a las dependencias en que se desarrollan actividades
particulares de prestación de servicios, fundamentalmente administrativos, a terceros.
- Sociorrecreativo (TS), referido a los establecimientos destinados a la relación social
y al entretenimiento y recreo de las personas.
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA ,
b) Dotacional.
ADMINIaSTlos
RAlocales,
CIONEedificios
S PÚBLIeCA
S E INTERIOR
El uso Dotacional (D), se corresponde
instalaciones
Secretaría
General
Técnica
destinados al equipamiento educativo y social del municipio.
ANEXOlos
II ysiguientes
III
Dentro del uso global Dotacional se distinguen
usos pormenorizados,
según el tipo de equipamiento al que se refieran:
- Enseñanza (DE), que corresponde a la actividad reglada o no, de educación y
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 58 de 64
formación
intelectual de las personas.
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DE TERRITORIO
- Deportivo (DD), relativo a instalaciones destinadas a la cultura física y práctica deportiva.
ORGANISMO:
- Equipo Social (DS), que incluye la prestación de servicios sociales convenientes o
DELEGACIÓN TERRITORIALnecesarios
DE FOMENTO,alINFRAESTRUCTURAS
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, DE ALMERÍA
bienestar de la Ycomunidad.
- Servicios Urbanos (DU), referidos a los servicios urbanos de carácter supraestructural.
c) Espacios libres.
- Zonas Verdes (LV), en
las que la superficie de las áreas ajardinadas o arboladas no resulte inferior al 50% de la
Los Espacios Libres (L), incluyen las zonas verdes y áreas peatonales para el recreo
total superficie libre,
constituyéndose
el pavimento de las zonas de estancia y circulación de
y esparcimiento
de las fundamentalmente
personas.
Según
la
intensidad
de
vegetación
y
el
predominio
del elemento natural en el sistema
peatones mediante el suelo natural o terrizo acondicionado.
de Espacios Libres se pormenorizan los siguientes usos:
- Áreas Peatonales (LP),
en lasVerdes
que predominan
laslasuperficies
delas
suelo
con
pavimento
o tratamiento
artificial sobre
- Zonas
(LV), en las que
superficie de
áreas
ajardinadas
o arboladas
no
resulte
inferior
50% de la total superficie libre, constituyéndose fundamentalmente el
las áreas verdes, sin
exclusión
dealéstas.
pavimento de las zonas de estancia y circulación de peatones mediante el suelo natural o
terrizo acondicionado.
d) APARCAMIENTOS - Áreas Peatonales (LP), en las que predominan las superficies de suelo con
pavimento
o tratamiento
sobre las
verdes,de
sin estas
exclusión
de éstas.
En todas las nuevas
edificaciones
que artificial
se realicen
en áreas
desarrollo
normas,
y en la sustitución de las
d) Aparcamientos.
existentes, habrá de disponerse
número
de plazasque
deseaparcamiento
en función
de normas,
los usosy en
a que se destine el
En todas laselnuevas
edificaciones
realicen en desarrollo
de estas
la sustitución
de las
habrá de disponerse el número de plazas de aparcamiento
edificio y a la superficie
construida
deexistentes,
los mismos.
en función de los usos a que se destine el edificio y a la superficie construida de los mismos.
En cualquier caso, el número de plazas de aparcamiento por vado nunca será inferior a una plaza por cada 100 m2
de techo edificable
deSE-410/1979.
cualquier ISSN:
uso.2253 - 802X
Depósito Legal:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
La provisión obligatoria de plazas de aparcamiento derivada del cuadro anterior se entenderá en todo caso
independiente de la existencia de garajes privados comerciales o de estacionamientos y aparcamientos públicos.
Se autoriza y recomienda la mancomunidad de garajes-estacionamiento entre distintos propietarios, con el fin de
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5957/50
00259275
El conjunto de los usos Terciarios engloba los siguientes usos pormenorizados:
- Comercial (TC), relativo a las actividades de compraventa al por menor de productos
y mercancías.
- Hotelero (TH), que corresponde a los locales destinados al alojamiento (y
manutención en su caso) temporal de las personas.
- Oficinas (TO), concerniente a las dependencias en que se desarrollan actividades
particulares de prestación de servicios, fundamentalmente administrativos, a terceros.
- Sociorrecreativo (TS), referido a los establecimientos destinados a la relación social
y al entretenimiento y recreo de las personas.
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA ,
b) Dotacional.
ADMINIaSTlos
RAlocales,
CIONEedificios
S PÚBLIeCA
S E INTERIOR
El uso Dotacional (D), se corresponde
instalaciones
Secretaría
General
Técnica
destinados al equipamiento educativo y social del municipio.
ANEXOlos
II ysiguientes
III
Dentro del uso global Dotacional se distinguen
usos pormenorizados,
según el tipo de equipamiento al que se refieran:
- Enseñanza (DE), que corresponde a la actividad reglada o no, de educación y
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 58 de 64
formación
intelectual de las personas.
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DE TERRITORIO
- Deportivo (DD), relativo a instalaciones destinadas a la cultura física y práctica deportiva.
ORGANISMO:
- Equipo Social (DS), que incluye la prestación de servicios sociales convenientes o
DELEGACIÓN TERRITORIALnecesarios
DE FOMENTO,alINFRAESTRUCTURAS
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, DE ALMERÍA
bienestar de la Ycomunidad.
- Servicios Urbanos (DU), referidos a los servicios urbanos de carácter supraestructural.
c) Espacios libres.
- Zonas Verdes (LV), en
las que la superficie de las áreas ajardinadas o arboladas no resulte inferior al 50% de la
Los Espacios Libres (L), incluyen las zonas verdes y áreas peatonales para el recreo
total superficie libre,
constituyéndose
el pavimento de las zonas de estancia y circulación de
y esparcimiento
de las fundamentalmente
personas.
Según
la
intensidad
de
vegetación
y
el
predominio
del elemento natural en el sistema
peatones mediante el suelo natural o terrizo acondicionado.
de Espacios Libres se pormenorizan los siguientes usos:
- Áreas Peatonales (LP),
en lasVerdes
que predominan
laslasuperficies
delas
suelo
con
pavimento
o tratamiento
artificial sobre
- Zonas
(LV), en las que
superficie de
áreas
ajardinadas
o arboladas
no
resulte
inferior
50% de la total superficie libre, constituyéndose fundamentalmente el
las áreas verdes, sin
exclusión
dealéstas.
pavimento de las zonas de estancia y circulación de peatones mediante el suelo natural o
terrizo acondicionado.
d) APARCAMIENTOS - Áreas Peatonales (LP), en las que predominan las superficies de suelo con
pavimento
o tratamiento
sobre las
verdes,de
sin estas
exclusión
de éstas.
En todas las nuevas
edificaciones
que artificial
se realicen
en áreas
desarrollo
normas,
y en la sustitución de las
d) Aparcamientos.
existentes, habrá de disponerse
número
de plazasque
deseaparcamiento
en función
de normas,
los usosy en
a que se destine el
En todas laselnuevas
edificaciones
realicen en desarrollo
de estas
la sustitución
de las
habrá de disponerse el número de plazas de aparcamiento
edificio y a la superficie
construida
deexistentes,
los mismos.
en función de los usos a que se destine el edificio y a la superficie construida de los mismos.
En cualquier caso, el número de plazas de aparcamiento por vado nunca será inferior a una plaza por cada 100 m2
de techo edificable
deSE-410/1979.
cualquier ISSN:
uso.2253 - 802X
Depósito Legal:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
La provisión obligatoria de plazas de aparcamiento derivada del cuadro anterior se entenderá en todo caso
independiente de la existencia de garajes privados comerciales o de estacionamientos y aparcamientos públicos.
Se autoriza y recomienda la mancomunidad de garajes-estacionamiento entre distintos propietarios, con el fin de