5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

página 5957/26

Hipótesis de Partida.
Para el cálculo de los recursos hídricos previstos y su demanda, partiremos de la
ordenanza de aplicación en el Sector R-16.B, que parte del sector R-16 original.
Así, estableceremos la cantidad de recursos hídricos previstos en base al porcentaje
que supone el Sector R-16.B del original R-16. Se calcula también los recursos hídricos
previstos una vez se apruebe la presente modificación puntual, para el sector R-16. B.
Por último, para el cálculo de la población prevista para determinar los consumos,
partimos de que, en Residencial, el PGOU de Vera establece que el número de habitantes
por vivienda es de 2,40. Para el uso Terciario, estableceremos una ocupación de
1 usuario cada 25 m2 de techo. Para el uso Dotacional, la ocupación será de 2 usuarios
cada 100 m2 de techo.
La demanda total prevista para las parcelas objeto de la presente Modificación
Puntual, según el planeamiento en vigor y tras la aprobación del presente documento
sería:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259275

Según lo dispuesto en el Informe de Aguas incluido en el Documento de Alcance
del Estudio Ambiental Estratégico sobre la Modificación Puntual núm. 25 del PGOU de
Vera (EAE/AL/003/18) y corroborado por el Informe favorable condicionado en materia de
Aguas emitido tras la aprobación inicial de la presente Modificación Puntual núm. 25 del
PGOU de Vera, de fecha 01/10/2020. (Exp. AL- 42799):
- En cuanto a la inundabilidad, el encauzamiento de la rambla del Algarrobo realizado
por la Confederación Hidrográfica del Sur es suficiente para eliminar el riesgo de
inundación en el ámbito de la Modificación Puntual.
- En el ámbito del sector R-16.B tampoco se encuentra incluido dentro de ningún
punto de riesgo, según el Decreto 189/2002, por el que se aprueba el Plan de prevención
de Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces.
13.3.1.2. Disponibilidad de recursos hídricos.
La empresa concesionaria Codeur, S.A., ha emitido certificado actualizado de Viabilidad,
suficiencia y disponibilidad de recursos hídricos, según lo previsto en el Informe favorable
condicionado en materia de Aguas de fecha 01/10/2020, emitido tras la aprobación inicial de
la presente Modificación Puntual núm.25 del PGOU de Vera (Exp. AL-42799).
El citado informe recoge y justifica ampliamente las 3 acciones que cubren el abastecimiento.
Para establecer una hipótesis de necesidades y consumos, con el fin de conocer la
nueva demanda de recursos hídricos de las parcelas objeto de la presente Modificación
Puntual, tanto para la ordenación vigente según PGOU como para la prevista tras la
Modificación, en función del número máximo de viviendas y población prevista y las
superficies dedicadas a cada uso, nos basaremos en las siguientes hipótesis:
A) Hipótesis de las necesidades y consumos
Se proponen consumos en función de los distintos usos y edificaciones. Dichos
consumos han sido consensuados con la empresa suministradora de aguas, Codeur S.A.:
Uso Residencial Unifamiliar (por habitante) 100 l/hab y día
Uso Residencial Colectivo (por habitante) 100 l/hab y día
Uso oficina/comercio (por trabajador) 50 l/hab y día
Uso restauración (por comensal) 150 l/hab y día
Uso equipamientos (por ocupante) 40 l/hab y día
Uso Espacios Libres, riego por xerojardinería (por superficie) 2,00 l/m²
Uso Riego y baldeo de calles (80% superficie) 1,00 l/m²
La superficie que se va a destinar a jardines, espacios libres y viales, al igual que las
superficies finales destinadas al uso principal o a los usos compatibles marcados en la
ordenanza reguladora de las parcelas serán objeto de los futuros proyectos de obras, no
obstante se plantea la siguiente hipótesis.