5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5957/21
de Uso Residencial (EAE/AL/003/18), que la Delegación Territorial de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo ha emitido con fecha de 2 de mayo de 2019.
13.2.1. Medio Hídrico.
En cuanto a la disponibilidad de recursos hídricos, la empresa concesionaria
Codeur, S.A., ha emitido un informe actualizado de disponibilidad de recursos hídricos
completo a partir de los datos de consumo expresados en la descripción de las redes de
abastecimiento del Sector R-16.B. Dicho informe, que se anexa al presente documento,
justifica la obtención de los recursos hídricos, así como su concesión o título que avala la
disponibilidad del mismo.
En cuanto al abastecimiento, el citado informe certifica la gestión integral y sostenible
del ciclo urbano del agua, así como la existencia de infraestructuras para atender las
nuevas demandas generadas. También justifica la suficiencia de almacenamiento de los
depósitos para cada una de las zonas abastecidas.
Por otro lado, en la descripción de las redes de saneamiento del presente sector,
se estiman los caudales de aguas residuales según los datos de consumo aportados.
El informe aportado de Recursos Hídricos certifica a su vez que los citados caudales
y contaminación generados en el crecimiento previsto por el desarrollo del presente
plan podrán ser tratados en su totalidad en la EDAR existente, situada en el Paraje del
Embosque, y que no interferirán con el cumplimiento de los valores límite de emisión
impuestos en la autorización de vertidos.
En el estudio económico-financiero del presente documento que detalla los costes
de abastecimiento y saneamiento para llevar a cabo el presente desarrollo urbanístico,
se ha diferenciado, para la red de abastecimiento, entre gastos en alta (regulación
general, captación, transporte y tratamiento del agua) y en baja (depósitos locales y red
de distribución) y respecto a la red de saneamiento se establece la separación entre las
inversiones necesarias para la concentración de vertidos y la depuración y el emisario.
13.2.2. Contaminación atmosférica.
En cuanto a la Calidad del Aire, los proyectos de las actividades potencialmente
contaminadoras que pudieran implantarse en el sector, deberán contemplar y valorar
económicamente las medidas preventivas y correctoras necesarias para cumplir la norma
vigente.
A su vez, se incorporarán las medidas preventivas y se seguimiento y control
contempladas en el Estudio Ambiental Estratégico para minimizar el impacto durante las
obras de construcción que se deriven del desarrollo del presente sector.
Para establecer los niveles sonoros y posibles medidas correctoras en cuanto a
contaminación acústica se ha realizado un estudio acústico para valorar la incidencia
sonora en el territorio que ocupa el Sector R-16.B de Suelo Urbanizable No Consolidado,
analizando tanto la situación actual como la predicción de la situación derivada tras la
ejecución del presente desarrollo.
El estudio concluye que las principales fuentes de ruido serán las infraestructuras de
transporte rodado, esto es, la carretera A-352 existente y las nuevas vías de circulación
del sector. Las actividades que se implanten deberán prever en sus proyectos las medidas
preventivas y correctoras necesarias para cumplir los valores límite de inmisión de ruido
establecidos en la tabla VII del Decreto 6/2012, de 17 de enero, para áreas acústicas
tipo D «Sectores del territorio con predominio de suelo de uso característico turístico o
de otro uso de suelo terciario no contemplado en el tipo C». Así, el estudio concluye que
la zonificación propuesta es compatible con los objetivos de calidad acústica, no siendo
necesario la aplicación de medidas correctoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259275
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 5957/21
de Uso Residencial (EAE/AL/003/18), que la Delegación Territorial de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo ha emitido con fecha de 2 de mayo de 2019.
13.2.1. Medio Hídrico.
En cuanto a la disponibilidad de recursos hídricos, la empresa concesionaria
Codeur, S.A., ha emitido un informe actualizado de disponibilidad de recursos hídricos
completo a partir de los datos de consumo expresados en la descripción de las redes de
abastecimiento del Sector R-16.B. Dicho informe, que se anexa al presente documento,
justifica la obtención de los recursos hídricos, así como su concesión o título que avala la
disponibilidad del mismo.
En cuanto al abastecimiento, el citado informe certifica la gestión integral y sostenible
del ciclo urbano del agua, así como la existencia de infraestructuras para atender las
nuevas demandas generadas. También justifica la suficiencia de almacenamiento de los
depósitos para cada una de las zonas abastecidas.
Por otro lado, en la descripción de las redes de saneamiento del presente sector,
se estiman los caudales de aguas residuales según los datos de consumo aportados.
El informe aportado de Recursos Hídricos certifica a su vez que los citados caudales
y contaminación generados en el crecimiento previsto por el desarrollo del presente
plan podrán ser tratados en su totalidad en la EDAR existente, situada en el Paraje del
Embosque, y que no interferirán con el cumplimiento de los valores límite de emisión
impuestos en la autorización de vertidos.
En el estudio económico-financiero del presente documento que detalla los costes
de abastecimiento y saneamiento para llevar a cabo el presente desarrollo urbanístico,
se ha diferenciado, para la red de abastecimiento, entre gastos en alta (regulación
general, captación, transporte y tratamiento del agua) y en baja (depósitos locales y red
de distribución) y respecto a la red de saneamiento se establece la separación entre las
inversiones necesarias para la concentración de vertidos y la depuración y el emisario.
13.2.2. Contaminación atmosférica.
En cuanto a la Calidad del Aire, los proyectos de las actividades potencialmente
contaminadoras que pudieran implantarse en el sector, deberán contemplar y valorar
económicamente las medidas preventivas y correctoras necesarias para cumplir la norma
vigente.
A su vez, se incorporarán las medidas preventivas y se seguimiento y control
contempladas en el Estudio Ambiental Estratégico para minimizar el impacto durante las
obras de construcción que se deriven del desarrollo del presente sector.
Para establecer los niveles sonoros y posibles medidas correctoras en cuanto a
contaminación acústica se ha realizado un estudio acústico para valorar la incidencia
sonora en el territorio que ocupa el Sector R-16.B de Suelo Urbanizable No Consolidado,
analizando tanto la situación actual como la predicción de la situación derivada tras la
ejecución del presente desarrollo.
El estudio concluye que las principales fuentes de ruido serán las infraestructuras de
transporte rodado, esto es, la carretera A-352 existente y las nuevas vías de circulación
del sector. Las actividades que se implanten deberán prever en sus proyectos las medidas
preventivas y correctoras necesarias para cumplir los valores límite de inmisión de ruido
establecidos en la tabla VII del Decreto 6/2012, de 17 de enero, para áreas acústicas
tipo D «Sectores del territorio con predominio de suelo de uso característico turístico o
de otro uso de suelo terciario no contemplado en el tipo C». Así, el estudio concluye que
la zonificación propuesta es compatible con los objetivos de calidad acústica, no siendo
necesario la aplicación de medidas correctoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259275
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía