5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-83)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 21) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbanizable RC-6 «Cerro Colorado» en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5960/38
El caudal de cálculo de la red se estimará para una dotación de 1,8 litros/m2.dia.
La demanda estimada para riego de espacios libres es:
113.946 m² * 1,8 litros/m² dia = 205.102 l/día = 205 m³/día.
Y la destinada al riego de las zonas deportivas públicas:
18.261 m² * 1,8 litros/m² dia = 32.869 l/día = 33 m³/día.
Se estima por tanto una demanda de agua reciclada para riego de 238 m³ diarios,
cantidad muy inferior a la previsión de consumo de agua potable (a plena ocupación)
y, en consecuencia, de aguas residuales reutilizables, de la cual el sector sería, según
estos datos, excedentario.
La red se dimensionará para velocidades de funcionamiento comprendidas entre 0,5
y 2,0 m/seg.
Especificaciones técnicas.
Según especificaciones de la compañía suministradora CODEUR.
3.5. Alumbrado público.
Esquema y conexión.
La red de alumbrado público se estructurará a lo largo de los viales y espacios libres
del sector teniendo en cuenta la distribución de centros de transformación, en varios
circuitos independientes, con sus correspondientes cuadros de mando y protección, los
cuales se situarán próximos a los centros de transformación, para garantizar una tensión
de servicio correcta, evitando pérdidas por caída de tensión.
Dotaciones y parámetros de cálculo.
Para el cálculo de las luminarias y las lámparas se considerarán, los siguientes
niveles de iluminación:
- Viales rodados: 15 lux (mínimo) a 20 lux (recomendado).
- Viales peatonales y viales en zonas verdes: 10 lux (mínimo) a 15 lux (recomendado).
A efectos de integrar adecuadamente báculos y columnas con el resto de elementos y
funciones de la vía pública se ha predefinido una tipología de implantación de las luminarias
para los distintos tipos de vía, en función del nivel de iluminación propuesto, la disposición de
aparcamientos y arbolado y la anchura de la calle. Se han considerado báculos o columnas
de altura estándar de 10 metros, variando su disposición y separación según cada tipo de vial:
- Vial Tipo 1.A y 1.B (19,00 y 17,70 m): báculos en disposición pareada, con separación
de 30 metros.
- Vial tipo 2.A (14,60 m.): báculos en disposición a tresbolillo, con separación de 25 metros.
- Vial Tipo 2.B (12,00 m): báculos y columnas a tresbolillo, con separación de 30 metros.
La disposición en cada tipo de vial queda ejemplificada en el plano correspondiente.
La altura definitiva de montaje de las luminarias, tipología de luminarias y potencia de
las lámparas se determinará según cálculos luminotécnicos a realizar en el Proyecto de
Urbanización, el cual podrá variar, justificadamente, las anteriores disposiciones.
Especificaciones técnicas.
Las especificaciones a tener en cuenta para la redacción del Proyecto de Urbanización,
serán las contenidas en el RD 1890/2008, de 14 de noviembre, sobre eficiencia energética
en instalaciones de alumbrado exterior, RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias
y, en lo que no contradigan a las anteriores, las que se exponen a continuación:
- Se utilizarán preferiblemente lámparas VSAP o LED.
- Las luminarias serán de características tales que dirijan el flujo luminoso con el
mínimo de pérdidas y que permitan instalar el equipo auxiliar en su interior.
- Todas las canalizaciones serán subterráneas bajo tubo, a una profundidad mínima
de 0,40 metros respecto al pavimento terminado, y siempre que sea posible discurrirán
bajo las aceras.
- El conductor a emplear será del tipo 0,6/1 Kv. en cobre.
- En las canalizaciones subterráneas, la sección mínima de conductor será de 6 mm.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259276
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 5960/38
El caudal de cálculo de la red se estimará para una dotación de 1,8 litros/m2.dia.
La demanda estimada para riego de espacios libres es:
113.946 m² * 1,8 litros/m² dia = 205.102 l/día = 205 m³/día.
Y la destinada al riego de las zonas deportivas públicas:
18.261 m² * 1,8 litros/m² dia = 32.869 l/día = 33 m³/día.
Se estima por tanto una demanda de agua reciclada para riego de 238 m³ diarios,
cantidad muy inferior a la previsión de consumo de agua potable (a plena ocupación)
y, en consecuencia, de aguas residuales reutilizables, de la cual el sector sería, según
estos datos, excedentario.
La red se dimensionará para velocidades de funcionamiento comprendidas entre 0,5
y 2,0 m/seg.
Especificaciones técnicas.
Según especificaciones de la compañía suministradora CODEUR.
3.5. Alumbrado público.
Esquema y conexión.
La red de alumbrado público se estructurará a lo largo de los viales y espacios libres
del sector teniendo en cuenta la distribución de centros de transformación, en varios
circuitos independientes, con sus correspondientes cuadros de mando y protección, los
cuales se situarán próximos a los centros de transformación, para garantizar una tensión
de servicio correcta, evitando pérdidas por caída de tensión.
Dotaciones y parámetros de cálculo.
Para el cálculo de las luminarias y las lámparas se considerarán, los siguientes
niveles de iluminación:
- Viales rodados: 15 lux (mínimo) a 20 lux (recomendado).
- Viales peatonales y viales en zonas verdes: 10 lux (mínimo) a 15 lux (recomendado).
A efectos de integrar adecuadamente báculos y columnas con el resto de elementos y
funciones de la vía pública se ha predefinido una tipología de implantación de las luminarias
para los distintos tipos de vía, en función del nivel de iluminación propuesto, la disposición de
aparcamientos y arbolado y la anchura de la calle. Se han considerado báculos o columnas
de altura estándar de 10 metros, variando su disposición y separación según cada tipo de vial:
- Vial Tipo 1.A y 1.B (19,00 y 17,70 m): báculos en disposición pareada, con separación
de 30 metros.
- Vial tipo 2.A (14,60 m.): báculos en disposición a tresbolillo, con separación de 25 metros.
- Vial Tipo 2.B (12,00 m): báculos y columnas a tresbolillo, con separación de 30 metros.
La disposición en cada tipo de vial queda ejemplificada en el plano correspondiente.
La altura definitiva de montaje de las luminarias, tipología de luminarias y potencia de
las lámparas se determinará según cálculos luminotécnicos a realizar en el Proyecto de
Urbanización, el cual podrá variar, justificadamente, las anteriores disposiciones.
Especificaciones técnicas.
Las especificaciones a tener en cuenta para la redacción del Proyecto de Urbanización,
serán las contenidas en el RD 1890/2008, de 14 de noviembre, sobre eficiencia energética
en instalaciones de alumbrado exterior, RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias
y, en lo que no contradigan a las anteriores, las que se exponen a continuación:
- Se utilizarán preferiblemente lámparas VSAP o LED.
- Las luminarias serán de características tales que dirijan el flujo luminoso con el
mínimo de pérdidas y que permitan instalar el equipo auxiliar en su interior.
- Todas las canalizaciones serán subterráneas bajo tubo, a una profundidad mínima
de 0,40 metros respecto al pavimento terminado, y siempre que sea posible discurrirán
bajo las aceras.
- El conductor a emplear será del tipo 0,6/1 Kv. en cobre.
- En las canalizaciones subterráneas, la sección mínima de conductor será de 6 mm.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259276
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía