5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-83)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 21) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbanizable RC-6 «Cerro Colorado» en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

página 5960/27

Dotación de aparcamiento
Según lo estipulado en el artículo 36 de la L.O.U.A., se deberán resolver entre 0,5 y 1 plaza de aparcamiento público
por cada 100 m2 de techo edificable, lo que supone una reserva de plazas en el sector de entre 950 y 1.899
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
plazas.
Los viales públicos proyectados cuentan con 6.604 metros lineales de aparcamiento en línea, con una capacidad
total estimada de aparcamiento de 1.200 plazas, por lo que dicha dotación queda razonablemente cubierta. Se ha
considerado en la estimación un ratio de 5,5 metros lineales por plaza, quedando así repercutida la parte

00259276

3. Cumplimiento de las determinaciones de rango superior.
3.1. Incidencia territorial.
La presente Modificación del PGOU de Vera carece de incidencia territorial, ya
que el carácter y alcance de las modificaciones planteadas, en cuanto a la ordenación
estructural, no modifica el sistema de asentamientos ni las previsiones del planeamiento
vigente en cuanto a incremento demográfico (de hecho supone una disminución del suelo
urbanizable clasificado). Tampoco afecta al sistema de comunicaciones o transportes ni
a equipamientos ni sistemas generales de espacios libres y servicios supramunicipales.
Las modificaciones relativas al Sistema General Viario y la franja de protección
adicional de 25 metros, así como la clasificación como SNU de especial Protección por
Legislación Específica del Dominio Público Hidráulico y de la zona inundable para un
periodo de retorno de 500 años de la Rambla del Jatico son, por otra parte, coherentes
con las determinaciones del POTLA, y en concreto, desarrollan lo especificado en sus
artículos 79.3 (D) y 74 (D).
CONSEde
JER
ÍA D2009
E LA P(Modificado).
RESIDENCIA ,
3.2. Plan General de Ordenación Urbana
Vera
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS E INTERIOR
Superficie del ámbito: 632.923 m². Secretaría General Técnica
Edificabilidad: 189.876 m².
ANEXO II y III
Número máximo de viviendas: 1.895 viviendas.
Conforme a lo especificado en la Ficha Urbanística Reguladora del Sector, y en
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 32
de es
60
aplicación del artículo 3.2.b) del Decreto 11/2008, la reserva de vivienda protegida
no
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DE TERRITORIO
exigible
en
el
sector,
al
contar
con
ordenación
pormenorizada
resultante
del
Plan
Parcial
ORGANISMO:
DELEGACIÓN
TERRITORIALinicialmente
DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN
DEL TERRITORIO,
DE ALMERÍA
aprobado
con anterioridad
al 20
de enero
de 2007.
Cesiones mínimas obligatorias: se recogen en el siguiente cuadro comparativo las
Conforme
a lo especificado
la Ficha
del Urbanística
Sector, y en aplicación
del artículo
3.2.b del
cesiones
del Plan en
Parcial
de Urbanística
2004, lasReguladora
de la Ficha
Reguladora
del Sector
Decreto(PGOU
11/2008,
la
reserva
de
vivienda
protegida
no
es
exigible
en
el
sector,
al
contar
con
ordenación
2009) y las resultantes de la ordenación.
pormenorizada
resultante del Plan Parcial aprobado inicialmente con anterioridad al 20 de enero de 2007.
Como puede observarse, la nueva ordenación incrementa las superficies de
Cesiones mínimas obligatorias: se recogen en el siguiente cuadro comparativo las cesiones del Plan Parcial de
cesión que el Plan Parcial de 2004 efectuó en su día y que el PGOU introduce
2004, las de la Ficha Urbanística Reguladora del Sector (PGOU 2009) y las resultantes de la ordenación.
en sus determinaciones como cesiones mínimas, así como la nueva cesión para
Como puede observarse, la nueva ordenación incrementa las superficies de cesión que el Plan Parcial de 2004
Red General de Espacios Libres por adaptación a la LOUA. Dicho incremento se
efectuó en su día y que el P.G.O.U. introduce en sus determinaciones como cesiones mínimas, así como la nueva
absolutos
como en
lo incremento
que cabeseafirmar
cesión produce
para Red tanto
Generalen
de términos
Espacios Libres
por adaptación
a laratios,
LOUA. por
Dicho
produceque,
tanto en
cuantitativamente,
la
modificación
supone
una
mejora
sustancial
de
los
estándares
términos absolutos como en ratios, por lo que cabe afirmar que, cuantitativamente, la modificación supone una
dotación
delestándares
ámbito. de dotación del ámbito.
mejorade
sustancial
de los