5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-83)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 21) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbanizable RC-6 «Cerro Colorado» en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

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Con la alternativa elegida, los espacios libres proyectados, además de servir para el
esparcimiento de la población, adquieren relevancia para el paisaje urbano, permitiendo
además la preservación de valores naturales de la zona mediante la utilización de
vegetación autóctona.
El tratamiento de estos espacios libres se abordará en el capítulo correspondiente de
la memoria.
- Red local de dotaciones públicas
En este caso, la opción adoptada frente a otras posibles alternativas ha sido la de
concentrar mayoritariamente la superficie con destino a dotaciones públicas en el
frente de acceso al sector, junto a la rambla del Jatico. Esta solución presenta ventajas
paisajísticas y sociales con respecto a otras opciones:
a) Paisajísticas al disponer las futuras dotaciones en la margen del cauce del Jatico,
reforzando y singularizando la presencia de este elemento hidrográfico, complementando
además la estructura dotacional prevista en el PGOU.
b) Sociales, ya que en la localización elegida se podrá dar servicio más fácilmente
no solo a las viviendas del sector (probablemente de uso mayoritario estacional) sino
también al resto de la población de Vera.
La concentración de dotaciones favorece, por otra parte una mejor gestión de las
mismas por parte del Ayuntamiento.
Complementariamente, se ha calificado además una franja de terrenos con destino
a uso dotacional social en la zona norte del sector, rematando con esta solución los dos
viales en fondo de saco proyectados.
- Dotación comercial
Dado el carácter de la actuación, con presumible destino a segunda residencia o
vacacional y baja densidad de viviendas, se ha considerado como mejor opción frente a
otras alternativas la de agrupar la dotación en una única zona, a la entrada del sector y al
pie de los cerros. En esta localización se ha calificado suelo para uso terciario comercial,
cubriendo así la reserva mínima exigida por el Reglamento de Planeamiento de 1978, el
cual exige una reserva mínima de 3 m²c por vivienda para este uso como parte integrante
de los Servicios de Interés Público y Social, sin perjuicio de su titularidad, en este caso,
privada.
Si bien se califican dos parcelas, una a cada lado de la Vía N, cada una con su
correspondiente edificabilidad, se habilita desde las normas urbanísticas la posibilidad
de un tratamiento unitario de ambas parcelas, incluso con trasvase de edificabilidad
entre las mismas mediante tramitación de Estudio de Detalle. La edificabilidad conjunta
de las parcelas, superior a los 5.000 m², permite la implantación de un pequeño centro
comercial de barrio que desempeñe la función de pequeña centralidad local.
- Usos no dotacionales
En relación a esta cuestión, se han considerado básicamente dos alternativas.
En la primera alternativa, se planteó mantener con destino a uso hotelero una parte
importante de la edificabilidad, tal y como se contemplaba en el Plan Parcial aprobado
en 2004, el cual destinaba a este uso 65.437 m², destinando no obstante la mayor
parte de la edificabilidad del sector a uso residencial en tipología unifamiliar aislada.
En esta alternativa, frente a una edificabilidad máxima permitida de 30 viviendas/ha,
ya de por sí baja, la ordenación se quedaba en solamente 25 viviendas/ha.
Frente a la alternativa anterior, se ha optado por incrementar la densidad hasta el
máximo permitido de 30 viviendas/ha, modificando además las tipologías residenciales
previstas por otras más intensivas, con instalaciones y espacios libres de uso
comunitarios.
La adopción de la segunda opción viene motivada por resultar sustancialmente más
sostenible que la primera, tanto social, económica como medioambientalmente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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