3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/49-48)
Orden de 22 de febrero de 2022, por la que se aprueban los estatutos del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cádiz y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022

página 3892/6

CAPÍTULO II
De la colegiación
Artículo 9. Personas colegiadas.
1. El Colegio Territorial de Cádiz integra al personal funcionario de la escala de
personas funcionarias de la Administración Local con habilitación de carácter nacional,
en sus subescalas de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención que
ejercen sus funciones profesionales en su ámbito territorial.
2. La colegiación tiene carácter voluntario, sea cual fuere la situación administrativa
en que se hallare la persona funcionaria, y cualquiera que sea la Corporación, centro o
entidad en que preste sus servicios, siempre que su vinculación de empleo o servicio
corresponda a su condición de miembro de dicha escala.
3. También pertenecerán al Colegio quienes ostenten la condición de personas
funcionarias de Administración Local con habilitación de carácter nacional que se
encuentren en situación de jubilación o de excedencia voluntaria, cuando así lo soliciten
expresamente, al pasar a dicha situación.

Artículo 11. Procedimiento de ingreso.
1. Cuando dentro del ámbito de su demarcación se produzca el nombramiento de
una persona funcionaria con habilitación con carácter nacional para ocupar un puesto
de trabajo de los reservados a éstos, bien a iniciativa personal o bien a iniciativa de
la Presidencia del Colegio quien previamente se dirigirá a la interesada invitándolo a
colegiarse, procederá su colegiación.
2. La adquisición de la condición de persona colegiada se hará efectiva, previa
acreditación de la toma de posesión de la persona titular de la Secretaría, Intervención,
Tesorería o Secretaría-Intervención en activo en la Escala de Habilitación de Carácter
Nacional de su puesto en una Administración que tenga su sede en la Provincia de Cádiz
y/o la Ciudad autónoma de Ceuta, mediante la correspondiente resolución expresa del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00257171

Artículo 10. Clases de personas colegiadas.
1. Las personas colegiadas pueden serlo a título de ejercientes, no ejercientes, y de
honor.
2. La condición de personas colegiadas ejercientes, que son aquellas a que se refiere
el artículo anterior, es voluntaria en los términos señalados en el párrafo 2 del mismo
artículo 9.º de los presentes Estatutos.
3. La condición de persona colegiada no ejerciente es, asimismo, voluntaria. El
personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en
sus distintas subescalas, en situación de jubiladas o excedentes, pueden solicitar su
incorporación voluntaria a este Colegio Oficial mediante escrito dirigido a la Presidencia,
acreditando su situación. La adquisición de la condición de persona colegiada se hará
efectiva mediante la correspondiente resolución expresa del órgano competente del
Colegio, previa la constatación de la condición de jubilada o excedente, en el plazo de un
mes. De no recaer resolución expresa se entenderá estimada una vez transcurrido dicho
plazo. Las resoluciones negativas deberán motivarse.
4. Podrán ser nombrados miembros o cargos de honor las autoridades, corporaciones,
entidades, personas colegiadas o particulares que hubieren contraído méritos relevantes
respecto a este Colegio o a la profesión, previo expediente en que se concreten y
acrediten aquellos. Como tales, no tendrán los derechos ni las obligaciones de las demás
personas integrantes, salvo en el caso de las personas colegiadas ejercientes.
Podrán ser personas colegiadas de honor aquellas personas que reciban este
nombramiento por acuerdo de la Asamblea General, a propuesta de la Junta de Gobierno
o de una décima parte de las personas colegiadas.