3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/37-60)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo Específico de Colaboración entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA) para la coordinación de las enseñanzas relacionadas con la familia profesional marítimo-pesquera.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Miércoles, 23 de febrero de 2022

página 2837/5

CLÁUSULAS
Primera. Objeto del acuerdo.
El objeto del presente acuerdo específico entre la Consejería de Educación y Deporte
de la Junta de Andalucía y el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria,
Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA) es fomentar la formación
profesional inicial del sistema educativo andaluz para el desarrollo de ciclos formativos
pertenecientes a la familia marítimo-pesquera, sin aportación financiera entre las partes.
Segunda. Formas de colaboración.
La referida colaboración se llevará a efecto a partir del curso escolar 2021/2022
para el desarrollo de las enseñanzas de los ciclos formativos de la familia profesional
marítimo-pesquera a través del uso de instalaciones y equipamientos de los centros de
investigación del IFAPA por parte de centros docentes de la Consejería de Educación y
Deporte, según las disponibilidades existentes de locales y recursos humanos.
Tercera. Compromisos del centro docente [C.I.F.P. Marítimo Zaporito].
- Que el alumnado y personal docente participante en la formación atenderá en todo
momento a las indicaciones dadas por el personal del centro receptor.
- Que el alumnado y personal docente se debe comprometer al cuidado de las
instalaciones y equipos que el centro receptor pone a su disposición para su uso y mejora
de su formación.
- Que los gastos fungibles derivados de la formación correrán por cuenta del centro
organizador de la citada formación.
Cuarta. Compromisos de IFAPA.
IFAPA se compromete a:
- Favorecer, en el marco de la planificación formativa propia, el préstamo de las
instalaciones y equipos para que el centro demandante pueda organizar su formación
cuando lo haya solicitado.
- Comunicar al centro de origen del alumnado cualquier incidencia que surja respecto
del uso de las instalaciones y equipos.
Quinta. Jornada y horario.
La solicitud inicial de uso de instalaciones contendrá las jornadas, el horario y el
periodo de formación del alumnado sujeto al presente acuerdo.

Séptima. Comisión de Seguimiento.
1. La Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año, o cuando lo
solicite una de las partes. Todo ello, para velar por el correcto desarrollo y cumplimiento
de lo dispuesto en el Acuerdo Específico. Dicha Comisión, que tendrá carácter paritario,
estará formada:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256108

Sexta. Seguros necesarios para el alumnado.
Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse y afectase al alumnado
menor de 28 años de edad, será contemplada a tenor del Seguro Escolar, de acuerdo
con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/1971, de 13 de agosto, por el
que se extiende el campo de aplicación del Seguro Escolar a los alumnos que siguen
las enseñanzas de Formación Profesional y aquellas otras que, de conformidad con lo
establecido en la Ley General de Educación y Financiación de la Reforma Educativa,
se han de integrar en las enseñanzas de Formación Profesional. Todo ello, sin perjuicio
de las pólizas de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que tiene suscrita la
Consejería de Educación y Deporte para mejorar indemnizaciones y cubrir daños a
terceros.