Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/34-3)
Decreto 11/2022, de 15 de febrero, por el que se declara Monumento Natural de Andalucía la Geoda de Pulpí y Mina Rica del Pilar de Jaravía en la provincia de Almería y se aprueban normas y directrices para su ordenación y gestión.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 18 de febrero de 2022

página 2594/9

6. Disposiciones relativas a la regulación de usos y actividades.
6.1. Objetivos.
El desarrollo de las distintas actividades y aprovechamientos que tengan lugar dentro
del monumento natural se realizará de forma que se garantice su compatibilidad con la
conservación de los valores naturales, culturales y paisajísticos existentes en el mismo.
6.2. Actividades tradicionales.
De conformidad con el artículo 29 del Decreto 225/1999, de 9 de noviembre, se
podrán seguir desarrollando las distintas actividades y usos tradicionales, tales como los
aprovechamientos forestal, ganadero y agrícola, que tengan lugar dentro del monumento
natural y siempre y cuando no pongan en peligro los valores que justifican su protección,
así como de conformidad con la normativa sectorial de aplicación en su caso.
6.3. Otras actividades.
6.3.1. Autorizaciones.
1. Con el objeto de asegurar la adecuada protección de los valores que justifican su
protección, y de acuerdo con el artículo 30 del Decreto 225/1999, de 9 de noviembre
y en el capítulo III de la Ley 2/1989, de 18 de julio, cualquier otra actividad distinta a
las tradicionales que se quiera realizar en el ámbito del monumento natural requerirá
autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, sin perjuicio
de aquellas autorizaciones que vengan exigidas por la normativa sectorial aplicable, y en
particular:
a) Los trabajos de restauración del medio natural que supongan cambios de usos del
suelo.
b) Los proyectos de investigación que impliquen la recogida de muestras de roca,
minerales y fósiles y colecta de ejemplares de animales y plantas.
c) Las tareas de reparación de caminos y sendas necesarias para las actividades de
gestión, uso público, educación ambiental y aprovechamientos tradicionales, así como
las relacionadas con la investigación arqueológica.
d) La construcción de cualquier tipo de edificación, la creación o instalación de
infraestructura o equipamiento de cualquier tipo temporal o permanente necesaria para
el desarrollo de las actividades de uso público o la gestión del monumento natural o
que sean de interés general, y siempre de forma compatible con la conservación de los
valores naturales, culturales y paisajísticos del mismo. Asimismo, se podrán autorizar las
actuaciones sobre infraestructuras energéticas existentes o la construcción de nuevas
instalaciones energéticas siempre y cuando estén incluidas en la planificación vinculante
o indicativa energética y no sea viable el cambio de trazado, si así lo determina la
correspondiente evaluación ambiental.
e) La colocación de carteles, señales o anuncios de las Consejerías competentes en
materia de medio ambiente y cultura o de los órganos competentes de las Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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siempre y cuando no pongan en peligro los valores que justifican su protección, así como
de conformidad con la normativa sectorial de aplicación en su caso.
5.2. Proyectos de investigación.
1. Los proyectos de investigación relativos al monumento natural deberán presentar
una calidad y rigor acordes con la fragilidad de este y ser autorizados por la Consejería
competente en materia de medio ambiente, para lo cual deberán expresar los objetivos,
finalidad, método de trabajo, fuente de financiación y composición del equipo de trabajo.
2. Los métodos empleados en la investigación, particularmente sobre especies
amenazadas, deberán garantizar el mínimo impacto sobre éstas y los ecosistemas objeto
de estudio.
3. Los resultados obtenidos de los proyectos de investigación se darán a conocer,
tanto desde el punto de vista científico como divulgativo, y deberán estar en todo momento
disponibles para la gestión del monumento natural.