3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-58)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 20.000 y 50.000 habitantes: Lebrija, Puerto Real, Rincón de la Victoria y Rota. Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2417/7

fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, ISSAI-ES 4000 “Directrices para la
fiscalización de cumplimiento”, y en la Guía práctica de fiscalización GPF-OCEX 4001 “Las
fiscalizaciones de cumplimiento de la legalidad y modelos de informes”.
Estas normas exigen que la Cámara de Cuentas cumpla los requerimientos de ética, así como que
la auditoria se planifique y ejecute con el fin de obtener una seguridad razonable de que la
entidad fiscalizada cumple con la normativa aplicable al área sujeta a revisión.
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Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos encaminados a obtener evidencia de
auditoría sobre el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en la normativa
aplicable.
Los procedimientos seleccionados, que deberán resultar adecuados a las circunstancias, y la
valoración de los riesgos por incumplimientos significativos de la legalidad dependerán del juicio
alcanzado por el auditor, una vez evaluado el control interno existente en la organización.

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La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
emitir una opinión sobre si las actuaciones desarrolladas en el ámbito de la gestión de los RR.HH.,
resultan conformes en todos sus aspectos significativos al marco normativo que le es de
aplicación.

4. INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD
4.1. Fundamentos de la opinión de cumplimiento de legalidad desfavorable
de los Ayuntamientos de Puerto Real y de Rincón de la Victoria
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Se exponen a continuación los incumplimientos legales que por resultar muy significativos dan
lugar a una opinión desfavorable de la actividad desarrollada por los ayuntamientos de Puerto
Real y Rincón de la Victoria en la gestión de los recursos humanos.
En el Anexo 1 se ofrece un cuadro resumen de los incumplimientos legales observados, con la
finalidad de facilitar una visión conjunta de los mismos.

4.1.1. Tipología de empleados públicos
A) Personal indefinido no fijo de plantilla
Dentro del personal laboral indefinido, categoría prevista en el artículo 8 del RDL 5/2015, de 30
de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público (TREBEP), se halla el indefinido no fijo de plantilla.
Se trata ésta de una construcción jurisprudencial, elaborada en respuesta a la apreciación de la
existencia de fraude o abuso en la contratación, con la que se intentó resolver una compleja
concurrencia de preceptos: los que abocaban por declarar la fijeza del contrato y los que exigían
el respeto a los principios constitucionales de mérito, capacidad e igualdad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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