3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-58)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 20.000 y 50.000 habitantes: Lebrija, Puerto Real, Rincón de la Victoria y Rota. Ejercicio 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2417/31
Concepto
Descripción
Importe (€)
C5
COMPLEMENTO PRODUCTIVIDAD
C31
COMP.PRODUCTIVIDAD
7.368,48
C36
COMP.PRODUCTIVIDAD
39.565,36
C45
COMP.PRODUCTIVIDAD
5.008,80
C58
COMP.PRODUCTIVIDAD
3.605,04
C70
COMP.PRODUCTIVIDAD TRIMESTRAL
337.814,88
C81
COMP.PRODUCTIVIDAD TRIMESTRAL
506.969,70
C82
COMP.PRODUCTIVIDAD 20
2.812,75
C83
COMP.PRODUCTIVIDAD 30
2.750,24
C84
COMP.PRODUCTIVIDAD 40
812,57
C327
PRODUCTIVIDAD/DISPONIBILIDAD
TOTAL
Fuente: elaborado por la CCA
93.768,29
65.444,80
1.065.920,91
Cuadro nº 9
115
A continuación, se destacan aquellos códigos retributivos cuyo examen ha puesto de manifiesto
incidencias relevantes.
116
El código 5 “complemento de productividad” es utilizado para retribuir mediante decretos de
alcaldía, con carácter periódico-mensual- y fijo, las circunstancias o factores que se recogen en
los anexos 1 y 2 del acuerdo regulador de condiciones de trabajo del personal funcionario, tales
como: el exceso horario, la disponibilidad por la realización de guardias, ampliaciones de
jornadas, el complemento previsto para el jefe de la policía local y también, para compensar el
desempeño de puestos de superior categoría. (§ 108)
117
Tal como ya se ha señalado a través de estos códigos retributivos (C5, C31 y C327) no se
recompensa un especial rendimiento, actividad extraordinaria, o un interés o iniciativa, sino
factores cuya retribución debiera canalizarse a través del complemento específico por estar
vinculados objetivamente al desempeño de determinados puestos.
118
El código 70 “complemento de productividad trimestral (2015)” es utilizado para abonar las
cantidades que derivan de la aplicación del Reglamento de Valoración y Distribución del
Complemento de Productividad, aprobado por el Pleno de la corporación el 23 de julio de 2015,
en el que una parte de la cantidad global a distribuir por tal concepto, aproximadamente el 70%,
se vincula al cumplimiento del programa contra el absentismo, en dos vertientes: presencia del
empleado y puntualidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255678
El código 31 “complemento de productividad” se utiliza para retribuir el manejo de fondos,
circunstancia prevista en el acuerdo regulador de funcionarios (§108); y mediante el código 327
“complemento de productividad/disponibilidad”, se satisfacen las cantidades que derivan de la
aplicación del reglamento de disponibilidad. (§ 110 y 111)
BOJA
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2417/31
Concepto
Descripción
Importe (€)
C5
COMPLEMENTO PRODUCTIVIDAD
C31
COMP.PRODUCTIVIDAD
7.368,48
C36
COMP.PRODUCTIVIDAD
39.565,36
C45
COMP.PRODUCTIVIDAD
5.008,80
C58
COMP.PRODUCTIVIDAD
3.605,04
C70
COMP.PRODUCTIVIDAD TRIMESTRAL
337.814,88
C81
COMP.PRODUCTIVIDAD TRIMESTRAL
506.969,70
C82
COMP.PRODUCTIVIDAD 20
2.812,75
C83
COMP.PRODUCTIVIDAD 30
2.750,24
C84
COMP.PRODUCTIVIDAD 40
812,57
C327
PRODUCTIVIDAD/DISPONIBILIDAD
TOTAL
Fuente: elaborado por la CCA
93.768,29
65.444,80
1.065.920,91
Cuadro nº 9
115
A continuación, se destacan aquellos códigos retributivos cuyo examen ha puesto de manifiesto
incidencias relevantes.
116
El código 5 “complemento de productividad” es utilizado para retribuir mediante decretos de
alcaldía, con carácter periódico-mensual- y fijo, las circunstancias o factores que se recogen en
los anexos 1 y 2 del acuerdo regulador de condiciones de trabajo del personal funcionario, tales
como: el exceso horario, la disponibilidad por la realización de guardias, ampliaciones de
jornadas, el complemento previsto para el jefe de la policía local y también, para compensar el
desempeño de puestos de superior categoría. (§ 108)
117
Tal como ya se ha señalado a través de estos códigos retributivos (C5, C31 y C327) no se
recompensa un especial rendimiento, actividad extraordinaria, o un interés o iniciativa, sino
factores cuya retribución debiera canalizarse a través del complemento específico por estar
vinculados objetivamente al desempeño de determinados puestos.
118
El código 70 “complemento de productividad trimestral (2015)” es utilizado para abonar las
cantidades que derivan de la aplicación del Reglamento de Valoración y Distribución del
Complemento de Productividad, aprobado por el Pleno de la corporación el 23 de julio de 2015,
en el que una parte de la cantidad global a distribuir por tal concepto, aproximadamente el 70%,
se vincula al cumplimiento del programa contra el absentismo, en dos vertientes: presencia del
empleado y puntualidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255678
El código 31 “complemento de productividad” se utiliza para retribuir el manejo de fondos,
circunstancia prevista en el acuerdo regulador de funcionarios (§108); y mediante el código 327
“complemento de productividad/disponibilidad”, se satisfacen las cantidades que derivan de la
aplicación del reglamento de disponibilidad. (§ 110 y 111)