3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-58)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 20.000 y 50.000 habitantes: Lebrija, Puerto Real, Rincón de la Victoria y Rota. Ejercicio 2018.
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2417/11

En el acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario aprobado en 1996, se regulan
determinados pluses que retribuyen circunstancias tales como: la turnicidad, la jornada partida,
el trabajo en domingo o festivo, la nocturnidad y los servicios extraordinarios, el quebranto de
moneda, el trabajo tóxico o de altura, la conducción, los festivos especiales, los servicios de
guardia en expectativa de disponibilidad, la mayor dedicación y la polivalencia.
Esta forma de actuar resulta irregular, pues no corresponde a la negociación colectiva suplantar
el papel que la ley ha reservado a la valoración de puestos en la determinación de los elementos
o circunstancias que resultan merecedoras de complemento específico.
La retribución de estos factores que están conectados bien con la especial dificultad técnica, la
dedicación, la responsabilidad, la peligrosidad y/ o la penosidad de los puestos de trabajo, debe
encauzarse obligatoriamente a través del mencionado complemento.
Complemento de destino

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Los intervalos de niveles de los funcionarios de la administración local serán los que en cada
momento se establezcan para los funcionarios de la AGE. El nivel del complemento de destino
de cada puesto de trabajo, dentro de los límites máximos y mínimos señalados, será asignado
por el Pleno de la Corporación atendiendo a los criterios de especialización, responsabilidad,
competencia y mando, así como a la complejidad territorial y funcional de los servicios en que
esté situado el puesto, y su cuantía será la que establezca la LPGE para cada nivel de acuerdo con
los previsto el art.3 del RD 861/1986.
Ayuntamiento de Puerto Real

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Como resultado del análisis llevado a cabo sobre una muestra de nóminas de veinticinco
empleados, se destaca a cinco que perciben unos importes superiores, en escasa cuantía, a los
previstos en la LPGE 6/2018.
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria
El RD 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la AGE y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios Civiles de la AGE, tras establecer en el artículo 71.1 los niveles de puestos de
trabajo que corresponden a cada Cuerpo o Escala, de acuerdo con el Grupo en el que figuren
clasificados, señala en su apartado segundo que los funcionarios, en ningún caso, podrán obtener
puestos de trabajo no incluidos en los niveles del intervalo correspondiente al Grupo en el que
figure clasificado su Cuerpo o Escala.

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En este Ayuntamiento el puesto de inspector jefe incumple la anterior previsión, pues
perteneciendo al grupo A2 tenía asignado un nivel 28, cuando el máximo atribuible hubiera sido
un nivel 26.
00255678

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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