3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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Personal
60. La RPT que regía a comienzos de 2018, y que se aprobó el 6 de junio de 2017, no está publicada

en el Portal de Transparencia; el 24 de mayo de 2018 la Junta de Gobierno Local aprueba una
nueva modificación de la RPT (§ A35), que tampoco ha sido publicada, ni en el BOP de Málaga
ni en el Portal de Transparencia, tal y como requieren el art. 74 del EBEP como del art. 10.1.g)
de la LTPA.

61. Las plazas de tres de los ocho funcionarios interinos, que fueron nombrados antes del año 2018

para cubrir plazas vacantes y no ser posible su cobertura por funcionario de carrera (art. 10.1.a)
del TREBEP), no se han incluido en la Oferta de Empleo Público (OEP) del año de su nombramiento ni en la siguiente, tal y como exige el art. 10.4 del TREBEP. Dos de estas tres plazas se
han incluido en la OEP de 2019.
Hay otros dos funcionarios interinos nombrados al amparo del art. 10.1.d) del TREBEP (acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses dentro de un período de doce meses), si bien
en el Decreto se alude para su nombramiento a la sustitución transitoria de titulares, supuesto
de hecho regulado en el art. 10.1.b) del TREBEP. Estos funcionarios interinos han prestado servicios en 2018 superando el límite temporal de seis meses (§ A40).

62. Junto a los 61 trabajadores laborales indefinidos no fijos que había reconocidos en el Ayunta-

miento a 31 de diciembre de 2018 (§ A35), hay al menos cinco contratados como laborales temporales que han prestado servicios en el Ayuntamiento por un tiempo superior al permitido legalmente. Todos estos trabajadores se encuentran en una situación irregular recogida en el art.
15.3 y 15.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (TRET), con las consecuencias previstas en
la DA 15ª del citado Estatuto9.

Estos 66 trabajadores han accedido al Ayuntamiento incumpliendo los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad previstos en el art. 55 del TREBEP y en los arts. 91 y 103 de
la LBRL.
Por consiguiente, y en relación con estas plazas, el Ayuntamiento debe proceder a cubrirlas adecuadamente conforme a los procedimientos establecidos en la legislación de función pública y
con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad. En caso contrario, debe proceder a
la amortización de tales plazas y a la extinción de los contratos, adecuándose a lo establecido en
la legislación laboral.
El art. 15 del Estatuto de los Trabajadores establece:
3. Se presumirán por tiempo indefinido los contratos celebrados en fraude de ley.
5. … los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro
meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas,
mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal,
con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
La disposición adicional 15ª señala:
1. Lo dispuesto en el […] art. 15.5 sobre límites al encadenamiento de contratos surtirá efectos en el ámbito de las Administraciones
Públicas y sus organismos vinculados o dependientes, sin perjuicio de la aplicación de los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad en el acceso al empleo público, por lo que no será obstáculo para la obligación de proceder a la cobertura de los
puestos de trabajo de que se trate a través de los procedimientos ordinarios, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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