3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-56)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad Pablo de Olavide. Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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45.

La UPO no dispone de un Plan Estratégico de subvenciones y ayudas que, al margen de la planificación anual incluida en el Presupuesto, sirva de instrumento de planificación y gestión de la política pública de fomento, al servicio del principio de eficacia en la utilización de los recursos de la
Universidad, de conformidad con el artículo 8.1 LGS. (§A.91)

46.

Uno de los expedientes de “otras transferencias” por importe de 20.400 euros, tiene por objeto la
adquisición de suministros de carácter contractual sin que conste su tramitación de conformidad
con la normativa aplicable, mientras que, en otro expediente por importe de 3.800 euros, deriva
de un Convenio de Colaboración, sin que conste el previo cumplimiento de lo previsto en el artículo
50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
(§§A.93;A.94)

5. OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD CON SALVEDADES
47.

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por los posibles efectos de los hechos
que pudieran derivarse de las limitaciones (§§21;37;40;44) y por los incumplimientos descritos en
el apartado “Fundamentos de la opinión de cumplimiento de legalidad con salvedades”, las actividades relativas al presupuesto y sus modificaciones, a la formulación y rendición de las cuentas
anuales, a la estabilidad presupuestaria, a la contratación administrativa, a la gestión de los recursos humanos, a las subvenciones concedidas y otras transferencias correspondientes al ejercicio
2018, resultan conformes, en todos los aspectos significativos, con la normativa de aplicación5.

6. OTROS ASPECTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO

48.

La composición del Consejo Social, y de las Juntas de Escuela consideradas en su conjunto, no
cumple con el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres establecido en la DA 1ª de
la LO 3/20076, de conformidad con el artículo 16 de la citada Ley Orgánica, el artículo 13 b) in fine
LOU y el artículo 20.3 de la Ley 12/2007. (§A.9)

49.

El Área de Auditoría y Control Interno de la UPO no dispone de un sistema de información o un
módulo del sistema de información general para la realización de las actuaciones de control y fiscalización, ni ha elaborado y aprobado una planificación anual de las mismas en relación con el
ejercicio 2018. (§A.16)

50.

La UPO no ha realizado la auditoría de cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
para los sistemas de categoría Media y Alta, ni la autoevaluación de cumplimiento para los sistemas de categoría Baja, lo que impide su revisión posterior y la adopción de medidas correctoras
que, en su caso, pudieran resultar necesarias. (§A.17)

Punto modificado por las alegaciones presentadas.
DA 1ª LO 3/2007 “A los efectos de esta Ley, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que,
en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento”.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Sobre el control interno, organización interna y estructura funcional