3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-55)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad de Huelva. Ejercicio 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2412/37

La normativa interna de la UHU no exige la emisión de informe jurídico previo a la aprobación
de los PCAP, aun cuando en el acuerdo de aprobación del expediente se indica su emisión. En
seis de los ocho expedientes no ha sido facilitado (O-03-18, S-06-18, SE-09-18, SE-15-18, SE-1618 y SE-18-18).

A.65.

En el expediente de obra O-3-18 se ha verificado de conformidad la observancia de las actuaciones previas al inicio exigibles en virtud de los artículos 231 a 236 LCSP, si bien no se ha facilitado el acuerdo de aprobación del proyecto por órgano competente.

A.66.

En todos los expedientes se ha verificado la publicación del anuncio de licitación en el perfil del
contratante incluyendo la práctica totalidad de los treinta apartados previsto en la Sección 4
del Anexo III de la LCSP, de conformidad con el artículo 135 LCSP, a excepción de cuestiones
puntuales recogidas en los puntos 9, 11, 18, 21, 22 y 24 relativas a la admisión o prohibición de
variantes, criterios de selección, motivos para la utilización de un procedimiento acelerado,
lengua o lenguas en las que deberán redactarse las ofertas e información sobre si el contrato
está relacionado con un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión.

A.67.

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A.68.

De forma puntual en dos de los ocho expedientes (SE-09-18 lote I y SE-18-18) no se publican en
el perfil del contratante todos los informes de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante un juicio de valor de cada una de las ofertas, y en el segundo de los expedientes citados no se publican todas las actas de la mesa de contratación relativas al procedimiento de adjudicación, incumpliendo el art. 63.3 e) LCSP.

A.69.

En cuanto a la presentación por los empresarios seleccionados de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos y la garantía, conforme a los artículos 150.2 y
140.1. LCSP, no consta de forma puntual la presentación, en el expediente SE-09-18, lotes I, II,
IV y V, de los documentos acreditativos de la solvencia financiera y técnica.

A.70.

Se ha verificado de conformidad la publicación del anuncio de formalización de todos los contratos en el perfil del contratante, así como la adecuación del contenido de conformidad con la
Sección 6 del Anexo III, en aplicación del artículo 154.6 LCSP, habiéndose observado la ausencia
de dos de los diecinueve ítems señalados en dicha Sección. En concreto, no se incluyen los criterios de adjudicación (punto 9) y determinados datos identificativos de los licitadores seleccionados (punto 12).

A.71.

La UHU no ha cumplido con la obligación del artículo 335.1 LCSP de remitir a la CCA dentro de
los tres meses siguientes a su formalización, copia certificada del documento de formalización
acompañada de un extracto del expediente del que se derive, en el único contrato de la muestra seleccionada en que por su importe resultaría aplicable. En concreto, se trata del expediente
SE-18-18, cuyo precio de adjudicación IVA incluido, es de 158.558,40 euros, ligeramente superior al umbral aplicable (150.000 euros, en servicios y contratos administrativos especiales).

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00255675

A.64.

Punto suprimido por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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