Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2022/33-1)
Orden de 25 de enero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN).
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Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de que cualquier persona o entidad
interesada pudiera presentar observaciones directamente.
La presente orden se adecúa a los principios de buena regulación referidos en el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, en la elaboración de las presentes
bases reguladoras se han seguido los principios establecidos en el artículo 7.2 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. De acuerdo
con los principios de necesidad y eficacia, la aprobación de esta orden se justifica
en razón al interés público de las actividades realizadas por los clubes deportivos,
secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, lo que justifica el
establecimiento de medidas que incentiven su participación en las competiciones objeto
de esta subvención, lo que contribuye decisivamente a fomentar las correspondientes
modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma y, por consiguiente,
al fomento de la práctica deportiva entre la ciudadanía. Por otra parte, la regulación
que contiene la norma es proporcionada a la finalidad perseguida, por lo que se da
satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad. Esto es así puesto que la
norma no implica ningún tipo de carga administrativa a las entidades solicitantes y porque
se considera que contiene la regulación imprescindible que permite atender la necesidad
que pretende cubrir, que no es otra que la ya comentada de fomentar la actividad deportiva
de alta competición de las entidades deportivas andaluzas. El presente proyecto se ajusta
al principio de seguridad jurídica en tanto que su contenido es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, autonómico, nacional y de la Unión Europea.
Al objeto de promover los principios de igualdad y objetividad entre las entidades
concurrentes y teniendo en cuenta el marco normativo constituido por la Ley 38/2003
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública, buen gobierno, la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, aconsejan establecer un modelo de subvención en
régimen de concurrencia competitiva. En el mismo sentido, el artículo 120 del Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, señala que el procedimiento ordinario de concesión de
subvenciones será el de concurrencia competitiva.
La modalidad de concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia
competitiva proporciona un sistema objetivo y transparente de distribución de la cuantía
total máxima destinada en la convocatoria entre las entidades beneficiarias, mediante el
establecimiento de unos criterios de valoración objetivos. Al tomarse en consideración
más de un criterio, en el Cuadro Resumen se establece la ponderación relativa atribuida
a cada uno de ellos.
Dentro de los criterios de valoración fijados en las presentes bases reguladoras se
han incorporado algunos de los criterios enumerados en el artículo 15.2 del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la
Junta de Andalucía aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. En concreto, se
han recogido los criterios establecidos en los apartados b) y d) del referido precepto,
relativos a la efectiva consecución de la igualdad de género por parte de las entidades
solicitantes y a la perspectiva de discapacidad, mediante una mayor valoración de las
solicitudes correspondientes a competiciones de participación exclusivamente femenina
y a competiciones de modalidades o especialidades deportivas para personas con
discapacidad. Se intenta de esta manera, que estas medidas, sean efectivas para
alcanzar los objetivos fijados, e incluso se produzca un incremento paulatino del número
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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