Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2022/33-1)
Orden de 25 de enero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN).
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Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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del deporte de competición por su contribución a la mejora del nivel de sus deportistas
y equipos, impulsados por el objetivo de obtener los mejores resultados en las
correspondientes modalidades deportivas.
La contribución que estas entidades andaluzas realizan a la elevación del deporte de
alta competición de nuestra comunidad autónoma, participando en las correspondientes
ligas de ámbito nacional, requiere un esfuerzo singular, entre otros, en aspectos
económicos, organizativos, deportivos y técnicos que justifican la concesión de ayudas
por la Administración Pública deportiva.
En la actualidad la participación en competiciones oficiales de ámbito estatal exige
una gran capacidad económica, más aún si se trata de competiciones con formato de
liga, cuya principal característica diferenciadora es su desarrollo en diferentes jornadas
que tienen lugar en distintas fechas y lugares o sedes de competición. De esta manera,
las ayudas a estas entidades de Andalucía, se configuran como instrumentos básicos de
apoyo a los equipos de nuestra comunidad y, por lo tanto, para el fomento y promoción
del deporte de Andalucía. Estas competiciones oficiales de ámbito nacional con formato
de liga, constituyen un estímulo para la práctica deportiva general, traspasan fronteras y
contribuyen a lograr la presencia del deporte de Andalucía en el ámbito nacional.
La presente orden viene a mejorar numerosos aspectos técnicos de la anterior
norma reguladora, la Orden de 12 de mayo de 2017, mediante una mejor definición de
los conceptos subvencionables, la simplificación del procedimiento de justificación y
la ampliación del ámbito subjetivo de su aplicación. Se pretende alcanzar una más
justa valoración de los expedientes, reforzando los aspectos más relevantes de las
competiciones que implican la realización de un mayor gasto por parte de los equipos
participantes, evitando distorsiones en el reparto de las ayudas. La nueva norma
persigue los objetivos de optimizar la eficiencia en el uso de fondos públicos, mejorar la
financiación de las entidades deportivas andaluzas, y aumentar el número de equipos
andaluces participantes en competiciones nacionales de alto nivel.
El Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Educación y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde
a la Consejería de Educación y Deporte la planificación, la ordenación, la promoción y
el desarrollo del deporte en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Por consiguiente,
corresponde a la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte la aprobación
de las normas reguladoras de subvenciones en materia de su competencia, en virtud
del artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo y el
artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía.
En el procedimiento de elaboración de las presentes bases reguladoras se ha seguido
el procedimiento previsto en la Instrucción Instrucción 1/2013, de 21 de octubre, de la
Viceconsejería de Educación, Cultura y Deporte, sobre la elaboración de disposiciones
de carácter general y se ha llevado a cabo el preceptivo trámite de audiencia conforme
lo dispuesto en el artículo 45.1 c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía. Así, debido a la naturaleza de las entidades a las
que la norma se dirige (clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas
deportivas), todas ellas integradas en federaciones deportivas, se ha estimado procedente
someter el texto a audiencia a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas
por la Ley que agrupan y representan a los posibles beneficiarios, y cuyos fines guardan
relación directa con el objeto de la disposición, es decir, las Federaciones Deportivas
Andaluzas, y la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas. Asimismo, y debido
al gran número de entidades deportivas existentes en Andalucía, así como al hecho de
que ciertas modalidades deportivas no cuentan con federación deportiva andaluza, se
consideró necesario someter el texto a información pública a mediante su publicación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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