5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/32-70)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Miércoles, 16 de febrero de 2022

página 2382/25

- El suelo dotacional cedido presenta lindero común con dicho espacio viario en
una longitud total de 85 m aprox. si bien dicho equipamiento se integra en el IES «Los
Montecillos» cuyo punto de acceso único se encuentra en el exterior del ámbito de la
actuación.
- La ejecución de la ordenación se materializará en el marco de una única unidad de
ejecución (UE), si bien para la reurbanización del ramal de acceso desde la Carretera
de Mijas será necesaria en su caso la intervención municipal, comprometida por el
convenio de 2006, que garantice su calificación urbanística como viario, y coordine la
posible intercompensación entre las entidades urbanísticas SUNC-19/A y SUPR.19/B
que compartirían su utilización. No obstante la presente innovación adscribe la actuación
sobre dicho ramal viario a la UE-SUNC-19/A como carga externa.
- Por otra parte el Camino de Alhaurín igualmente a reurbanizar, aun perteneciente
al ámbito de la actuación, se mantiene externo a la citada UE quedando sometido a
proyecto municipal de obra ordinaria de urbanización como actuación aislada.
- El CUADRO-RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS de la ordenación detallada es el
siguiente:
Superficie
m²s.
%

Edificabilidad
m²/m²
m²t.

INDUSTRIAL- TERCIARIO (IT)

19/A-1

7.321

41,19

0,580

4.246

RESIDENCIAL (R)

19/A-2

6.647

37,39

0,087

576

SUELO EQUIVALENTE
AL 10% AM (2)
EQUIPAMIENTO (2)
VIARIO INTERIOR

534
SLE

1.272

10,16

2.002

11,26

TOTAL

17.776

100

1.897

TOTAL ÁMBITO ACTUACIÓN

19.673

1

(1)

No computable
44
0,30

Privado
Ayto.
COÍN

511

SLV

CAMINO DE ALHAURÍN

Nº Plazas
Uso y
Viv. Aparc. Dominio

5.333

Público

1

Bien de dominio público preexistente
(art. 112.4 LOUA)

Público

OBSERVACIONES:
(¹) Dotación de aparcamientos privados según la normativa general del PGOU y lo
dispuesto por el artículo 17.3 LOUA
(²) Cuantificación de las cesiones y dotaciones públicas:
La ordenación estructural y pormenorizada de la presente innovación de planeamiento
general establece que la superficie mínima de cesión dotacional exigible al ámbito
urbanístico 19/A es de 1.272 m²s de equipamiento, como resultado de las determinaciones
del planeamiento general preexistente (Mod. PGOU de 2002), de aplicar el estándar
legal (arrt. 17 LOUA) de 12 m²s/100 m²c, y de tener en cuenta que la cesión anticipada
realizada por la propiedad de 1.806 m²s incluyó tanto el suelo correspondiente al 10%AM
como el suelo dotacional (destinado a equipamiento) requerido por el planeamiento
general vigente.
El citado planeamiento general vigente cuantificó la cesión de dicho 10%AM en 511 m²c
lucrativos del propio sector 19/A, mientras que la superficie de suelo equivalente a ceder,
en cumplimiento del convenio urbanístico, fue de 534 m²s según medición real actual
(frente a los 428 m²s acordados en el convenio). Se desconoce el criterio empleado por
el Ayuntamiento para establecer tal equivalencia, pero lo cierto es que la propiedad cedió
anticipadamente los citados 534 m²s en concepto del 10%AM (ver Convenio en ANEXO),
los puso a disposición municipal, y el Ayuntamiento los destinó al fin que consideró
oportuno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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CALIFICACIÓN Y ZONAS