3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/10-14)
Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se crea el nuevo Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 17 de enero de 2022
página 262/3
2. Quedan excluidas las asociaciones existentes en materia de emergencias
y protección civil y las que se creen al amparo de la Ley 4/2006, de 23 de junio, de
Asociaciones de Andalucía.
Artículo 4. Naturaleza y finalidad del Registro.
1. El Registro será de gestión telemática, tendrá carácter público e informativo, sin
perjuicio de los límites establecidos por la normativa de aplicación al tratamiento de
datos de carácter personal y se configurará como una base de datos informatizada que
incluirá la información suministrada por la entidad local a la que pertenezca la Agrupación
mediante la correspondiente solicitud de inscripción.
2. La inscripción en el Registro no supone la conformidad de la Administración de la
Junta de Andalucía con los datos registrados.
3. El Registro tiene como finalidad fundamental facilitar el conocimiento de las
características y la distribución del voluntariado de protección civil en el ámbito territorial
de Andalucía para una adecuada integración de las agrupaciones en los distintos planes
de emergencia, así como, desde la perspectiva de la colaboración con las entidades
locales, el conocimiento de la capacidad de apoyo, y el asesoramiento necesario para el
impulso de las agrupaciones en sus respectivos municipios.
4. Asimismo, en orden a garantizar de modo efectivo la perspectiva de género, el
Registro incluirá la variable sexo, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres y con la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Artículo 5. Obligatoriedad de la inscripción.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Reglamento General, la
inscripción en el Registro será obligatoria para que las agrupaciones tengan acceso a
las vías de participación, fomento, formación impartida por el Instituto de Emergencias y
Seguridad Pública de Andalucía y para su actuación en materia de protección civil en los
planes de emergencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CAPÍTULO II
Artículo 6. Asientos registrales.
Por cada agrupación que se inscriba en este registro se anotarán los siguientes datos:
1. Datos generales:
a) Denominación.
b) Nombre y NIF de la entidad local a la que pertenece.
c) Municipio al que pertenece.
d) Dirección del Ayuntamiento u órgano de la entidad local.
e) Dirección de la sede principal.
f) Fecha de constitución.
g) Fecha de alta.
h) Fecha de disolución.
i) Fecha de baja.
j) Nombre y apellidos de la persona que ejerza la coordinación.
k) Teléfono de contacto.
l) E-mail de contacto.
m) Número de personas que la conforman, desagregadas por sexo.
2. Recursos disponibles:
a) Inmuebles, con expresión de su localización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253535
Organización del Registro, procedimiento de inscripción de alta, mantenimiento,
modificación y cancelación de datos y publicación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 17 de enero de 2022
página 262/3
2. Quedan excluidas las asociaciones existentes en materia de emergencias
y protección civil y las que se creen al amparo de la Ley 4/2006, de 23 de junio, de
Asociaciones de Andalucía.
Artículo 4. Naturaleza y finalidad del Registro.
1. El Registro será de gestión telemática, tendrá carácter público e informativo, sin
perjuicio de los límites establecidos por la normativa de aplicación al tratamiento de
datos de carácter personal y se configurará como una base de datos informatizada que
incluirá la información suministrada por la entidad local a la que pertenezca la Agrupación
mediante la correspondiente solicitud de inscripción.
2. La inscripción en el Registro no supone la conformidad de la Administración de la
Junta de Andalucía con los datos registrados.
3. El Registro tiene como finalidad fundamental facilitar el conocimiento de las
características y la distribución del voluntariado de protección civil en el ámbito territorial
de Andalucía para una adecuada integración de las agrupaciones en los distintos planes
de emergencia, así como, desde la perspectiva de la colaboración con las entidades
locales, el conocimiento de la capacidad de apoyo, y el asesoramiento necesario para el
impulso de las agrupaciones en sus respectivos municipios.
4. Asimismo, en orden a garantizar de modo efectivo la perspectiva de género, el
Registro incluirá la variable sexo, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres y con la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Artículo 5. Obligatoriedad de la inscripción.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Reglamento General, la
inscripción en el Registro será obligatoria para que las agrupaciones tengan acceso a
las vías de participación, fomento, formación impartida por el Instituto de Emergencias y
Seguridad Pública de Andalucía y para su actuación en materia de protección civil en los
planes de emergencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CAPÍTULO II
Artículo 6. Asientos registrales.
Por cada agrupación que se inscriba en este registro se anotarán los siguientes datos:
1. Datos generales:
a) Denominación.
b) Nombre y NIF de la entidad local a la que pertenece.
c) Municipio al que pertenece.
d) Dirección del Ayuntamiento u órgano de la entidad local.
e) Dirección de la sede principal.
f) Fecha de constitución.
g) Fecha de alta.
h) Fecha de disolución.
i) Fecha de baja.
j) Nombre y apellidos de la persona que ejerza la coordinación.
k) Teléfono de contacto.
l) E-mail de contacto.
m) Número de personas que la conforman, desagregadas por sexo.
2. Recursos disponibles:
a) Inmuebles, con expresión de su localización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253535
Organización del Registro, procedimiento de inscripción de alta, mantenimiento,
modificación y cancelación de datos y publicación