3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/8-26)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022

página 167/52

c)

Justificación documental de los gastos realizados ante el órgano concedente de la subvención o ayuda.
A estos efectos el citado órgano puede pedir todos los documentos justificativos que considere
necesarios para comprobar la aplicación de la subvención.

d)

Permitir las actuaciones de comprobación que la Universidad eventualmente pudiera realizar y facilitar
la información precisa.

e) Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de
programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvenciones,
en los términos establecidos en la propia convocatoria.
2. Los beneficiarios de subvenciones y ayudas concedidas por la Universidad de Cádiz deberán acreditar, con
anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de las mismas y, en todo caso, antes de la
realización del pago, que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, en la forma que se determina en la normativa vigente. A efectos de cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 91.3 de las presentes Normas, en los casos que así se requiera, se aportará por el
destinatario certificación o declaración jurada de no estar sujeto a liquidación por IVA deducible.
Artículo 98. Justificación del cumplimiento de la finalidad de la ayuda o subvención.
1. La aplicación de los fondos concedidos deberán ser justificada en el plazo que se fije en cada caso en la
convocatoria o en la resolución de otorgamiento, o, en su defecto, dentro del trimestre siguiente al de la
finalización de la actividad si de una actuación concreta se tratase, o dentro del primer trimestre del año siguiente
al de la concesión de la subvención, si se tratase de actividades a realizar indeterminadamente a lo largo del año.
2. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos
en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante cuenta justificativa del gasto realizado.
3. La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir,
bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica
que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.
Artículo 99. Control y reintegro de subvención.
1. La Universidad de Cádiz, a través del Gabinete de Auditoría y Control Interno, podrá ejercer las funciones de
control financiero sobre las entidades que hayan sido subvencionadas con el fin de verificar la correcta aplicación
de los fondos.
2. Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas, en los siguientes casos:
a) Haber obtenido la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
b) Por incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
c) Por incumplimiento de la obligación de justificación.
3. Las cantidades concedidas no aplicadas se reintegrarán al Presupuesto de la Universidad de Cádiz.
CAPÍTULO VII. Contratación administrativa
Artículo 100. Contratación administrativa por las Unidades de Gasto.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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1. La contratación de la Universidad de Cádiz se realizará orientada hacia la eficiencia en el gasto público y el
respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad, no
pudiendo celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus
fines institucionales.