3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/8-26)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 13 de enero de 2022

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pólizas de seguros que cubran, entre otras, las contingencias relacionadas con la actividad desarrollada por las
personas, las instalaciones y los equipamientos universitarios.
2. La anulación parcial o total de dichas reservas de créditos requerirá autorización previa de la Gerente, previa
petición motivada que formule por escrito el responsable de la Unidad de Gasto a través de su Administración.
Artículo 63. Gastos domiciliados.
1. En caso de gastos domiciliados que hayan sido autorizados excepcionalmente y con carácter previo por la
Gerente, abonados a través de una Caja Habilitada o de la Tesorería General, si su importe corresponde a un
gasto realmente producido, las Administraciones deberán proceder de inmediato a su contabilización con cargo
a las dotaciones presupuestarias de la Unidad de Gasto que corresponda, siempre que exista crédito disponible
para ello conforme a la vinculación regulada en el artículo 22 de las presentes Normas.
2. A estos efectos, los gastos que deban imputarse a las dotaciones autorizadas a las distintas Unidades de Gasto
no requerirán de la conformidad previa del responsable de la misma para su contabilización, y ello con
independencia de las rectificaciones contables que puedan llevarse a cabo con posterioridad.
Artículo 64. Indemnizaciones por razón del servicio y asistencias correspondientes a miembros de tribunales
de plazas, comisiones y tribunales de tesis doctorales.
1. Las indemnizaciones por razón del servicio y asistencias que, en cada caso, puedan corresponder a los
miembros de tribunales de plazas, comisiones y tribunales de tesis doctorales se ajustarán a las normas
específicas que las regulen, subsidiariamente por el Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre
Indemnizaciones por razón del servicio y, complementariamente, por las presentes Normas de Ejecución.
2. Corresponderá a la Gerente de la Universidad de Cádiz dictar las instrucciones y circulares en desarrollo y
aplicación de la anterior normativa, relativas a la adecuación del procedimiento administrativo y la gestión
económica y presupuestaria de las indemnizaciones por razón del servicio y las asistencias que pudieran
devengarse.
3. Las Administraciones (Unidades Tramitadoras) tramitarán las indemnizaciones por razón del servicio y
asistencias correspondientes a miembros de estos tribunales y comisiones con cargo a las partidas
presupuestarias habilitadas en las Unidades de Gasto autorizadas con este fin.
Artículo 65. Anticipos sobre nómina.
1. Podrán anticiparse las cantidades siguientes a percibir a través de nómina:
a) Las retribuciones del mes corriente.
b) La parte de paga extraordinaria devengada y no cobrada, teniendo en consideración que las pagas
extraordinarias se devengan del siguiente modo:
1ª) Extraordinaria de junio: por sextas partes entre los meses de diciembre a mayo anteriores a la paga.
2ª) Extraordinaria de septiembre (personal laboral): por doceavas partes entre los meses de septiembre
a agosto anteriores a la paga.
3ª) Extraordinaria de diciembre: por sextas partes entre los meses de junio a noviembre anteriores a la
paga.
Al computar los meses devengados, se considerará devengado el mes corriente.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253419

c) El vestuario devengado y no cobrado, teniendo en consideración que, en el mes de marzo, se abona el
vestuario devengado en el ejercicio anterior.