3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2022/5-23)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se publica el Convenio Específico con la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, en el ámbito de la protección y transferencia de los resultados derivados de la investigación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 10 de enero de 2022
página 20941/4
En este contexto, la FPS ostenta un papel central facilitador, de apoyo, soporte,
y puesta en común de servicios a los centros y grupos de investigación a lo largo de
todo el proceso científico: desde el desarrollo de los recursos necesarios –tales como
infraestructuras, financiación (captación de financiación nacional e internacional y apoyo
a convocatorias regionales), desarrollo y movilidad del talento, a la puesta en marcha y
realización efectiva de la producción científica–, hasta la transferencia de los resultados
de las investigaciones a la industria y, tras ella, a la sociedad.
En la actualidad, la FPS viene asumiendo con arreglo a los fines fundacionales que le
incumben la gestión directa tanto de Centros como de Programas de carácter estratégico
y de ámbito autonómico de la Consejería de Salud y Familias en los ámbitos recogidos en
sus Estatutos.
Igualmente, la FPS lleva a cabo tareas de coordinación y dinamización de la Red de
Fundaciones Gestoras de la Investigación del Sistema Sanitario Público de Andalucía
(en adelante, la «RFGI-SSPA»), que comprende a la Fundación para la Gestión de la
Investigación Biomédica de Cádiz (FCÁDIZ), la Fundación para la Investigación Biomédica
de Córdoba (FIBICO), la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria
de Andalucía Oriental- Alejandro Otero (FIBAO), la Fundación Andaluza Beturia para
la Investigación en Salud (FABIS), la Fundación Pública Andaluza para la Investigación
de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS) y la Fundación Pública Andaluza para la
Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI).
Quinto. Que, con arreglo a lo previsto en la estipulación octava del Convenio de
Colaboración de 2020, las partes conveniaron que la FPS asumiría la «gestión de los
derechos y la transferencia de los resultados fruto de las investigaciones realizadas
en los centros y servicios adscritos al SAS, a través de su Oficina de Transferencia de
Tecnología», ello con arreglo a las funciones que corresponden a la Fundación en virtud
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253204
Cuarto. En el ámbito de los derechos y la transferencia de los resultados derivados
de actividades llevadas a cabo en el ámbito del SAS, el 25 de mayo de 2010 se publicó,
en el BOJA núm. 100, el Acuerdo suscrito entre el SAS y la FPS para la encomienda
de gestión a ésta de derechos y transferencia de resultados derivados de actividades
de investigación en ciencias de la salud llevadas a cabo en el ámbito del SAS, en el
contexto de la normativa vigente en el momento de su publicación, por el que, con arreglo
a lo dispuesto en su disposición primera, la FPS asumía la gestión de los derechos y
la transferencia de los resultados fruto de las investigaciones realizadas en centros y
servicios adscritos al SAS, a través de la Oficina de Transferencia de Tecnología del
SSPA (en adelante «OTT-SSPA»), dependiente de la FPS, que coordina el servicio de
difusión y transferencia de resultados, incluido en la cartera de servicios ofrecido por la
RFGI-SSPA.
Que, en fecha 29 de junio de 2020, el SAS y la RFGI-SSPA suscribieron un nuevo
Convenio de Colaboración (en adelante, el «Convenio de Colaboración de 2020»), por el
que las partes suscriptoras del mismo establecieron el régimen jurídico obligacional por
el que habrían de regirse las relaciones entre el SAS y la RFGI-SSPA, para el desarrollo
y mejora de la I+D+i y de la formación, mediante la optimización de las actividades de
gestión y apoyo a la investigación y formación en los centros y organismos incluidos en el
ámbito del SAS.
El citado Convenio de Colaboración de 2020 vino a sustituir los acuerdos, actuaciones
y compromisos convenidos entre el SAS y la RFGI-SSPA, a través de la suscripción
del Convenio de Colaboración de fecha 7 de febrero de 2012, por el que las partes
establecieron las condiciones generales y las bases necesarias por las que se regirían las
relaciones entre el SAS y las mismas –con el fin de contribuir al desarrollo y la mejora de
la I+D+i en el ámbito del SAS, a través de la optimización de las actividades de gestión y
apoyo de la investigación en los centros y organismos del SSPA dependientes de aquel–.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 10 de enero de 2022
página 20941/4
En este contexto, la FPS ostenta un papel central facilitador, de apoyo, soporte,
y puesta en común de servicios a los centros y grupos de investigación a lo largo de
todo el proceso científico: desde el desarrollo de los recursos necesarios –tales como
infraestructuras, financiación (captación de financiación nacional e internacional y apoyo
a convocatorias regionales), desarrollo y movilidad del talento, a la puesta en marcha y
realización efectiva de la producción científica–, hasta la transferencia de los resultados
de las investigaciones a la industria y, tras ella, a la sociedad.
En la actualidad, la FPS viene asumiendo con arreglo a los fines fundacionales que le
incumben la gestión directa tanto de Centros como de Programas de carácter estratégico
y de ámbito autonómico de la Consejería de Salud y Familias en los ámbitos recogidos en
sus Estatutos.
Igualmente, la FPS lleva a cabo tareas de coordinación y dinamización de la Red de
Fundaciones Gestoras de la Investigación del Sistema Sanitario Público de Andalucía
(en adelante, la «RFGI-SSPA»), que comprende a la Fundación para la Gestión de la
Investigación Biomédica de Cádiz (FCÁDIZ), la Fundación para la Investigación Biomédica
de Córdoba (FIBICO), la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria
de Andalucía Oriental- Alejandro Otero (FIBAO), la Fundación Andaluza Beturia para
la Investigación en Salud (FABIS), la Fundación Pública Andaluza para la Investigación
de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS) y la Fundación Pública Andaluza para la
Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI).
Quinto. Que, con arreglo a lo previsto en la estipulación octava del Convenio de
Colaboración de 2020, las partes conveniaron que la FPS asumiría la «gestión de los
derechos y la transferencia de los resultados fruto de las investigaciones realizadas
en los centros y servicios adscritos al SAS, a través de su Oficina de Transferencia de
Tecnología», ello con arreglo a las funciones que corresponden a la Fundación en virtud
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253204
Cuarto. En el ámbito de los derechos y la transferencia de los resultados derivados
de actividades llevadas a cabo en el ámbito del SAS, el 25 de mayo de 2010 se publicó,
en el BOJA núm. 100, el Acuerdo suscrito entre el SAS y la FPS para la encomienda
de gestión a ésta de derechos y transferencia de resultados derivados de actividades
de investigación en ciencias de la salud llevadas a cabo en el ámbito del SAS, en el
contexto de la normativa vigente en el momento de su publicación, por el que, con arreglo
a lo dispuesto en su disposición primera, la FPS asumía la gestión de los derechos y
la transferencia de los resultados fruto de las investigaciones realizadas en centros y
servicios adscritos al SAS, a través de la Oficina de Transferencia de Tecnología del
SSPA (en adelante «OTT-SSPA»), dependiente de la FPS, que coordina el servicio de
difusión y transferencia de resultados, incluido en la cartera de servicios ofrecido por la
RFGI-SSPA.
Que, en fecha 29 de junio de 2020, el SAS y la RFGI-SSPA suscribieron un nuevo
Convenio de Colaboración (en adelante, el «Convenio de Colaboración de 2020»), por el
que las partes suscriptoras del mismo establecieron el régimen jurídico obligacional por
el que habrían de regirse las relaciones entre el SAS y la RFGI-SSPA, para el desarrollo
y mejora de la I+D+i y de la formación, mediante la optimización de las actividades de
gestión y apoyo a la investigación y formación en los centros y organismos incluidos en el
ámbito del SAS.
El citado Convenio de Colaboración de 2020 vino a sustituir los acuerdos, actuaciones
y compromisos convenidos entre el SAS y la RFGI-SSPA, a través de la suscripción
del Convenio de Colaboración de fecha 7 de febrero de 2012, por el que las partes
establecieron las condiciones generales y las bases necesarias por las que se regirían las
relaciones entre el SAS y las mismas –con el fin de contribuir al desarrollo y la mejora de
la I+D+i en el ámbito del SAS, a través de la optimización de las actividades de gestión y
apoyo de la investigación en los centros y organismos del SSPA dependientes de aquel–.