3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2022/4-45)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión para el curso 2022-2023 en los estudios universitarios de Grado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022
página 20897/17
en su solicitud, con independencia de que realicen su matrícula -para no perder en ese
momento la plaza asignada-, deberán confirmar que desean quedar en lista de resultas
en aquellas titulaciones en las que sigan interesados. En su caso, quienes resulten
admitidos en este procedimiento de resultas deberán formalizar la matrícula en la nueva
plaza asignada desde el primer día laborable de cada semana hasta el miércoles de dicha
semana inclusive, debiendo, asimismo, ratificarse en el mismo plazo en las peticiones en
las que aún desee continuar en lista de resulta, de no realizar la citada matrícula decaerán
en el procedimiento de las siguientes listas de resultas. Este procedimiento se repetirá
semanalmente hasta que se agoten las plazas, dándose por cerrado a la finalización del
plazo de matrícula de la última resulta -ver anexo-.
9.º Asimismo, una vez publicada y atendidas las reclamaciones de las adjudicaciones
de la fase extraordinaria, para quienes deseen matriculase en algún Grado en los que aun
haya plazas vacantes en un Centro y momento concreto, la relación de grados con plazas
libres en el centro de que se trate estará disponible en la web de distrito único desde
la adjudicación en la que ya no exista lista de espera en dicho grado y centro. Quienes
estén interesados en uno de estos grados podrá modificar su solicitud de admisión para
incluirlo, o si se trata de personas que no están participando en el procedimiento podrán
formular una solicitud mediante el formulario electrónico que al efecto estará disponible
en la citada web hasta el último día del plazo de alegaciones de la penúltima adjudicación
de resultas.
10.º Quienes estén en expectativas de que se agote la lista de espera de algún o
algunos Grados, únicamente serán considerados si se produce la situación esperada
y han confirmado su interés en ser atendido en el plazo de matrícula de la última
adjudicación realizada hasta ese momento.
Artículo 9. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se le reconozca a la
persona interesada la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento convocado
mediante el presente acuerdo, hasta que, una vez efectuada la matrícula, se proceda por
la universidad correspondiente a la comprobación de la documentación presentada. Si
de la misma se desprende que no se está en posesión de alguno de los requisitos o no
cumple los criterios establecidos, la persona solicitante decaerá en todos los derechos que
pudieran derivarse de la participación en este procedimiento, procediéndose a la anulación
de la admisión, matrícula y demás actos derivados, previa Resolución notificada al efecto.
Artículo 11. Simultaneidad de estudios.
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros estudios universitarios
oficiales serán consideradas al final del proceso general de preinscripción, en el supuesto
de que exista plaza vacante en, al menos, una de las titulaciones y Centros de que se
traten, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes de quienes no desean
simultanear los estudios que ahora demandan con otros estudios universitarios. Cuando
se trate de estudiantes que cursan ya uno de esos estudios universitarios no deberá existir
lista de espera en la presente convocatoria en dichos estudios o en los nuevos que ahora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253165
Artículo 10. Solicitud de revisión.
Las solicitudes de revisión de las listas de adjudicación de plazas se realizarán en el
punto de acceso electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/transformacioneconomicaindustriaconocimiento
yuniversidades/sguit
serán dirigidas a la persona titular de la Presidencia de la Comisión de Distrito Único
Universitario de Andalucía, y se efectuará en los plazos establecidos en el anexo, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 16 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022
página 20897/17
en su solicitud, con independencia de que realicen su matrícula -para no perder en ese
momento la plaza asignada-, deberán confirmar que desean quedar en lista de resultas
en aquellas titulaciones en las que sigan interesados. En su caso, quienes resulten
admitidos en este procedimiento de resultas deberán formalizar la matrícula en la nueva
plaza asignada desde el primer día laborable de cada semana hasta el miércoles de dicha
semana inclusive, debiendo, asimismo, ratificarse en el mismo plazo en las peticiones en
las que aún desee continuar en lista de resulta, de no realizar la citada matrícula decaerán
en el procedimiento de las siguientes listas de resultas. Este procedimiento se repetirá
semanalmente hasta que se agoten las plazas, dándose por cerrado a la finalización del
plazo de matrícula de la última resulta -ver anexo-.
9.º Asimismo, una vez publicada y atendidas las reclamaciones de las adjudicaciones
de la fase extraordinaria, para quienes deseen matriculase en algún Grado en los que aun
haya plazas vacantes en un Centro y momento concreto, la relación de grados con plazas
libres en el centro de que se trate estará disponible en la web de distrito único desde
la adjudicación en la que ya no exista lista de espera en dicho grado y centro. Quienes
estén interesados en uno de estos grados podrá modificar su solicitud de admisión para
incluirlo, o si se trata de personas que no están participando en el procedimiento podrán
formular una solicitud mediante el formulario electrónico que al efecto estará disponible
en la citada web hasta el último día del plazo de alegaciones de la penúltima adjudicación
de resultas.
10.º Quienes estén en expectativas de que se agote la lista de espera de algún o
algunos Grados, únicamente serán considerados si se produce la situación esperada
y han confirmado su interés en ser atendido en el plazo de matrícula de la última
adjudicación realizada hasta ese momento.
Artículo 9. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se le reconozca a la
persona interesada la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento convocado
mediante el presente acuerdo, hasta que, una vez efectuada la matrícula, se proceda por
la universidad correspondiente a la comprobación de la documentación presentada. Si
de la misma se desprende que no se está en posesión de alguno de los requisitos o no
cumple los criterios establecidos, la persona solicitante decaerá en todos los derechos que
pudieran derivarse de la participación en este procedimiento, procediéndose a la anulación
de la admisión, matrícula y demás actos derivados, previa Resolución notificada al efecto.
Artículo 11. Simultaneidad de estudios.
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros estudios universitarios
oficiales serán consideradas al final del proceso general de preinscripción, en el supuesto
de que exista plaza vacante en, al menos, una de las titulaciones y Centros de que se
traten, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes de quienes no desean
simultanear los estudios que ahora demandan con otros estudios universitarios. Cuando
se trate de estudiantes que cursan ya uno de esos estudios universitarios no deberá existir
lista de espera en la presente convocatoria en dichos estudios o en los nuevos que ahora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253165
Artículo 10. Solicitud de revisión.
Las solicitudes de revisión de las listas de adjudicación de plazas se realizarán en el
punto de acceso electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/transformacioneconomicaindustriaconocimiento
yuniversidades/sguit
serán dirigidas a la persona titular de la Presidencia de la Comisión de Distrito Único
Universitario de Andalucía, y se efectuará en los plazos establecidos en el anexo, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 16 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.