Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/4-1)
Orden de 29 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de las medidas de innovación y mejora de empleo en Andalucía del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, aprobado por Decreto 192/2017, de 5 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022

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1.3 Ponderación: 40%
1.4 Puntuación máxima: 100
2. COLECTIVOS DESTINATARIOS DE LAS ACTUACIONES
2.1 Aspectos a valorar: Se valorarán las actuaciones dirigidas a los colectivos de atención preferente
del programa y/o que fomenten la participación y el empleo de mujeres (Artículos 4.2, y 4.4, Decreto
192/2017, de 5 de diciembre)
2.2 Baremación:
a) La actuación propuesta está centrada en uno o más de los colectivos de atención preferente:
50 puntos.
b) La actuación propuesta fomenta de manera específica la participación y el empleo de mujeres: 50
puntos.
2.3 Ponderación: 35%
2.4 Puntuación máxima: 100
3. EXPERIENCIA EN LA GESTIÓN DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO
3.1 Aspectos a valorar: Se valorará la experiencia acreditada en la gestión de Políticas Activas de
Empleo en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha en la que produzca efectos la
convocatoria.
3.2 Baremación:
a) Ha gestionado 1 o 2 Políticas Activas de Empleo: 60 puntos
b) Ha gestionado más de 2 Políticas Activas de Empleo: 100 puntos
3.3 Ponderación: 15%
3.4 Puntuación máxima: 100
4. ACCIONES PARA LA MEJORA Y CALIDAD
4.1 Aspectos a valorar: Se valorará estar en posesión de un certificado de calidad en vigor ISO9001 o
EFQM cuyo alcance incluya la actividad técnica a desarrollar.
4.2 Baremación: Por la aportación de un certificado de calidad en vigor ISO9001 o EFQM: 100 puntos
4.3 Ponderación: 10%
4.4 Puntuación máxima: 100
No podrá obtener la condición de entidad beneficiaria aquella entidad que obtenga en su baremación una
puntuación total inferior a 20 tras la aplicación de los criterios de valoración indicados en el
apartado anterior.
Las solicitudes de las entidades que hayan sido miembro de una asociación o federación que haya
desarrollado Políticas Activas de Empleo en los cuatro últimos años serán valoradas con los que le
hubiesen correspondido a aquella en lo relativo al criterio de valoración 3.

12.b) Priorización en caso de empate:

Se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en la valoración de los criterios generales y
subcriterios en el orden de prelación establecido en el apartado 12.a.)1.
En caso de persistir el empate se dará prioridad a las solicitudes por orden de entrada en el
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía. Si aún así persistiera el
empate, se dará prioridad a aquella entidad cuyo nombre de Razón Social consignado en la solicitud
comience por la letra establecida en la Resolución de la Dirección General con competencia en
materia de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el
orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas, vigente a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.

13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:

Servicio de Orientación y Atención a la Demanda de la Dirección General competente en materia de
orientación profesional

Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver:

que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
Por delegación de: la persona titular de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo
Órgano/s colegiado/s:
Denominación: No
Además de la evaluación de las solicitudes, le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253276

La persona titular de la Dirección General competente en materia de orientación profesional