Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/2-1)
Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2022.
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Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022
página 20922/5
c) Acreditación de conocimientos en materia de socorrismo o de primeros auxilios por
parte del personal al servicio de la empresa.
d) Publicidad de las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de las personas
usuarias.
Ámbito de actuación:
Empresas organizadoras de actividades de turismo activo inscritas en el Registro de
Turismo de Andalucía.
Programa 1.6.
Control del cumplimiento de la normativa turística en empresas que desarrollan
actividades de agencias de viajes.
Actuación inspectora:
Requerimiento, por escrito, a las agencias de viajes para la verificación del
cumplimiento de los requisitos contenidos en los artículos 11 y 12 del Decreto 301/2002,
de 17 de diciembre, de agencias de viajes, relativos a la vigencia de:
a) Garantía de responsabilidad contractual.
b) Seguro de responsabilidad civil.
Se comprobará especialmente que la garantía ha sido objeto de adaptación conforme
a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, en la
redacción dada por el Decreto 60/2018, de 27 de febrero.
Ámbito de actuación:
Agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.7.
Verificación de la subsanación de anomalías e infracciones a la normativa turística
detectadas en actuaciones previas en establecimientos de alojamiento turístico, viviendas
turísticas de alojamiento rural y viviendas con fines turísticos.
Actuación inspectora:
Control y seguimiento de las anomalías e infracciones a la normativa turística
detectadas en actuaciones previas y constatadas mediante la correspondiente acta de
infracción o advertencia en orden a verificar, mediante visita de inspección o por cualquier
otro medio, si las mismas han sido subsanadas.
Ámbito de actuación:
Establecimientos de alojamiento turístico, viviendas turísticas de alojamiento rural y
viviendas con fines turísticos inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.8.
Control y verificación del cumplimiento de la normativa turística en campamentos de
turismo.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los campamentos de turismo en orden a verificar su adaptación
a las previsiones contenidas en el Decreto 26/2018, de 23 de enero, de ordenación de los
campamentos de turismo, y de modificación del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de
Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, de conformidad con lo establecido en las
disposiciones transitorias segunda, tercera y séptima de dicha norma.
Ámbito de actuación:
Campamentos de turismo inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.9.
Control y verificación del cumplimiento de la normativa turística de los establecimientos
hoteleros.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los establecimientos hoteleros en orden a verificar su
adaptación a las previsiones contenidas en el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por
el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos
hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253186
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20922/5
c) Acreditación de conocimientos en materia de socorrismo o de primeros auxilios por
parte del personal al servicio de la empresa.
d) Publicidad de las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de las personas
usuarias.
Ámbito de actuación:
Empresas organizadoras de actividades de turismo activo inscritas en el Registro de
Turismo de Andalucía.
Programa 1.6.
Control del cumplimiento de la normativa turística en empresas que desarrollan
actividades de agencias de viajes.
Actuación inspectora:
Requerimiento, por escrito, a las agencias de viajes para la verificación del
cumplimiento de los requisitos contenidos en los artículos 11 y 12 del Decreto 301/2002,
de 17 de diciembre, de agencias de viajes, relativos a la vigencia de:
a) Garantía de responsabilidad contractual.
b) Seguro de responsabilidad civil.
Se comprobará especialmente que la garantía ha sido objeto de adaptación conforme
a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, en la
redacción dada por el Decreto 60/2018, de 27 de febrero.
Ámbito de actuación:
Agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.7.
Verificación de la subsanación de anomalías e infracciones a la normativa turística
detectadas en actuaciones previas en establecimientos de alojamiento turístico, viviendas
turísticas de alojamiento rural y viviendas con fines turísticos.
Actuación inspectora:
Control y seguimiento de las anomalías e infracciones a la normativa turística
detectadas en actuaciones previas y constatadas mediante la correspondiente acta de
infracción o advertencia en orden a verificar, mediante visita de inspección o por cualquier
otro medio, si las mismas han sido subsanadas.
Ámbito de actuación:
Establecimientos de alojamiento turístico, viviendas turísticas de alojamiento rural y
viviendas con fines turísticos inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.8.
Control y verificación del cumplimiento de la normativa turística en campamentos de
turismo.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los campamentos de turismo en orden a verificar su adaptación
a las previsiones contenidas en el Decreto 26/2018, de 23 de enero, de ordenación de los
campamentos de turismo, y de modificación del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de
Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, de conformidad con lo establecido en las
disposiciones transitorias segunda, tercera y séptima de dicha norma.
Ámbito de actuación:
Campamentos de turismo inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.
Programa 1.9.
Control y verificación del cumplimiento de la normativa turística de los establecimientos
hoteleros.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los establecimientos hoteleros en orden a verificar su
adaptación a las previsiones contenidas en el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por
el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos
hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253186
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía