Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/2-1)
Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022

página 20922/6

cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus
(COVID-19), de conformidad con lo establecido en las disposiciones transitorias primera
a cuarta de dicha norma.
Ámbito de actuación:
Establecimientos hoteleros inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.
III.II. Programas correspondientes a la línea estratégica de actuaciones para evitar la
prestación clandestina de servicios turísticos de alojamiento, del servicio de información
turística a quienes realicen visitas a los bienes que integran el Patrimonio Histórico
Andaluz, de actividades de turismo activo, de agencias de viajes y de oficinas de turismo,
sin haber presentado la correspondiente declaración responsable para su ejercicio o, en
su caso, careciendo de la preceptiva habilitación exigida por la normativa turística de
aplicación. Se prestará especial atención a la información obtenida a través de internet.
Programa 2.1.
Detección de la prestación del servicio turístico de alojamiento sin la presentación de
la correspondiente declaración responsable.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los establecimientos de alojamiento turístico, viviendas turísticas
de alojamiento rural y viviendas con fines turísticos que no hayan presentado declaración
responsable para el ejercicio de la actividad, tras su detección mediante el estudio
sistemático de la información obtenida fundamentalmente a través de internet, así como en
cualquier otro medio de difusión que los servicios de inspección estimen oportuno.
Ámbito de actuación:
Personas físicas o jurídicas que desarrollen la actividad de alojamiento turístico en
el territorio de la Comunidad Autónoma andaluza que no hayan presentado declaración
responsable.

Programa 2.3.
Detección de aquellas entidades que desarrollan actividades de turismo activo sin
haber presentado la correspondiente declaración responsable.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a las entidades detectadas que desarrollan actividades de
turismo activo y que no hayan presentado declaración responsable para el ejercicio de la
actividad.
Se realizarán las oportunas acciones de comprobación principalmente en internet,
así como en cualquier otro medio de difusión que los servicios de inspección estimen
oportuno.
Ámbito de actuación:
Todas las entidades que no hayan presentado declaración responsable y que presten
actividades de turismo activo de conformidad con lo establecido en el Decreto 20/2002,
de 29 de enero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253186

Programa 2.2.
Detección de aquellas personas que, sin hallarse en posesión de la preceptiva
habilitación como Guía de Turismo, prestan el servicio turístico de información turística a
quienes realicen visitas a los bienes que integran el Patrimonio Histórico Andaluz.
Actuación inspectora:
Visitas de inspección a los bienes que integran el Patrimonio Histórico Andaluz con
mayor demanda de personas usuarias, en orden a comprobar la habilitación como Guía
de Turismo de aquellas personas que prestan el servicio de información turística en bienes
integrantes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, y especialmente en
los Monumentos inscritos en el mismo como Bienes de Interés General.
Ámbito de actuación:
Bienes que integran el Patrimonio Histórico Andaluz con mayor demanda de personas usuarias.