Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/1-6)
Orden de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de los servicios sociales para los años 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022

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Programa 4.4. Análisis de la valoración de la labor inspectora por las personas
responsables de la dirección de los centros.
Las personas responsables de la dirección de los servicios y centros de servicios
sociales tienen la labor de planificar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el funcionamiento
diario del mismo. Para la inspección son personas clave en el buen funcionamiento de los
mismos, tanto por sus responsabilidades para con el personal del centro como para con
las personas usuarias y la organización en general.
El personal inspector debe informar y asesorar a las personas responsables en
aquellas cuestiones que considera necesarias como resultado de la información obtenida
durante el desarrollo de las visitas, o sobre aquellos aspectos que se solicitan, proponiendo
la adopción de medidas de mejora, subsanación de deficiencias, implantación de
protocolos, recomendaciones, etc. Con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros
es necesario que el desarrollo de la función evaluadora vaya siempre acompañado del
ejercicio de la función pedagógica de asesoramiento.
El proceso de mejora continua es la forma más efectiva de mejora de la calidad y la
eficiencia en las organizaciones, y uno de los elementos que se utilizan para lograr esa
mejora continua es el análisis de la satisfacción de las personas atendidas. La Inspección
de Servicios sociales está inmersa en un proceso de calidad y mejora continua, y por ello
resulta fundamental conocer la opinión y valoración de la actuación inspectora por parte
de las directoras y directores de centros de servicios sociales, con el doble objetivo de
conocer el grado de satisfacción con el trabajo de la Inspección de Servicios Sociales,
y de detectar necesidades, demandas, áreas de mejora y oportunidades con relación
a la labor inspectora. El modo para conocerlo será la remisión online tras la visita de
inspección de un cuestionario estructurado y anónimo con apartados finales abiertos
para que las entidades puedan manifestar sugerencias y aportaciones, adoptándose las
medidas precisas al objeto de garantizar el anonimato de las personas que responden.
Objetivos específicos:
- Evaluar el grado de satisfacción con el trabajo de la Inspección de Servicios
Sociales.
- Detectar necesidades, demandas, áreas de mejora y oportunidades con relación a
la labor inspectora.

Programa 4.5. Alianzas con la Inspección General de Servicios, otras inspecciones
sectoriales y el Ministerio Fiscal.
En un centro de servicios sociales tienen competencia y participación distintas
inspecciones sectoriales, ya que, además de prestar una atención social, también se
presta una atención con carácter sanitario, disponen de instalaciones industriales,
atienden a personas consumidoras, etc. Al amparo del artículo 48 del Decreto 25/2018,
de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento
de la Función Inspectora en materia de servicios sociales, resulta clave para mejorar la
calidad de la actuación inspectora del Plan General de Inspección de los servicios sociales
la cooperación con otras inspecciones, tanto para no interferir en las competencias
particulares de cada una de ellas como para conseguir una mejor organización y
funcionamiento de los centros al contar con mayores niveles de control y asesoramiento.
Entre estas, la Inspección Sanitaria y la Inspección de Industria son claves.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00252875

Ámbito:
- Centros para personas mayores.
- Centros para personas con discapacidad.
- Centros para personas con enfermedad mental.
- Centros de infancia y adolescencia.
- Centros para personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Centros de atención a personas víctimas de violencia de género.