Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/1-6)
Orden de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de los servicios sociales para los años 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022

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programas, servicios y centros de servicios sociales, para propiciar el aumento de los
niveles de calidad en la prestación de los servicios sociales y en la adopción de buenas
prácticas; y participar en los procesos de evaluaciones y de calidad que, en materia
de su competencia, se le encomienden. Asimismo y como recoge el artículo 78 de la
Ley 9/2016, la calidad de los servicios sociales constituye un derecho de las personas
usuarias y, en consecuencia, un objetivo prioritario y un deber del Sistema Público de
Servicios Sociales de Andalucía.
La evaluación de la calidad de los servicios prestados se realizará respetando el
contenido y los requisitos mínimos, funcionales y materiales, que se establecen en la
normativa vigente en la materia de servicios sociales, y contemplará la satisfacción de la
persona usuaria, la profesionalización de la gestión, la formación continua del personal y
la mejora continua de los procesos.
La implicación y participación de todos los actores sin discriminación por razón de
género (personas usuarias, familias, personal de centros y servicios, Administración) es
fundamental para la mejora continua del nivel de calidad en la prestación de los servicios
sociales en Andalucía, y la Inspección de Servicios Sociales también es corresponsable y
por ello debe procurar el estudio de todas las opiniones mediante diferentes herramientas,
así como colaborar en la difusión de conocimiento y evidencias sobre las mejores
prácticas profesionales en atención social.
Objetivos Generales:
- Diagnosticar el estado de situación del centro teniendo presente las opiniones de las
personas usuarias y su personal.
- Detectar y analizar aspectos de mejora en el centro.
- Detectar buenas prácticas profesionales en los servicios y centros de servicios
sociales.
- Establecer canales accesibles de comunicación entre la Inspección y las entidades
para facilitar el asesoramiento y la información continua.
- Fomentar la formación en las entidades de centros de servicios sociales respecto a
los requisitos de obligado cumplimiento y el aseguramiento del ejercicio de los derechos
de las personas usuarias.
Programa 3.1. Conocimiento del nivel de satisfacción, sugerencias y necesidades de
las personas usuarias y sus familias.
Las personas usuarias de centros y servicios son fundamentales en el buen
funcionamiento del sistema, y sus opiniones son muy útiles porque sirven para obtener o
contrastar información sobre aquello que consideran importante o susceptible de mejora.
Objetivos específicos:
- Conocer el nivel de satisfacción, sugerencias y necesidades de las personas
usuarias y sus familias respecto a la organización y funcionamiento de los centros y la
atención asistencial que reciben.

Programa 3.2. Conocimiento de la organización y funcionamiento del centro a través
de las personas trabajadoras.
El personal que trabaja en los centros, especialmente el personal técnico y de
atención directa, es clave para el buen funcionamiento del sistema en general y del
centro en el que desempeñan su trabajo en particular, y a través de ellos es posible
conocer el sistema de planificación del trabajo y organización del centro y sus horarios,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252875

Ámbito:
- Centros para personas mayores.
- Centros para personas con discapacidad.
- Centros de infancia y adolescencia.
- Centros de atención a personas víctimas de violencia de género.