Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/1-6)
Orden de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de los servicios sociales para los años 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022

página 20627/10

- Identificar indicadores de riesgo que reflejen prácticas de atención asistencial
inadecuadas y constatar la existencia de sistemas de control y registro de dichos indicadores.
- Comprobar la implantación de medidas destinadas a la prevención de la
dependencia.
- Evaluar el uso de las medidas de contención que realiza el centro y la atención
asistencial que reciben las personas usuarias con medidas.
- Verificar la existencia y el correcto funcionamiento de los cauces de participación que
tenga establecido el centro para que las personas usuarias, o sus representantes legales
y familias cuando ellas no puedan, intervengan en la organización y funcionamiento de su
propia vida y de la del centro.
- Informar, asesorar y orientar a los distintos sectores en el ejercicio de sus derechos
y en el cumplimiento de sus obligaciones y de la normativa vigente sobre la materia.

Objetivos específicos:
- Comprobar que el centro garantiza el bienestar físico de las personas usuarias
mediante una correcta alimentación, una asistencia sanitaria eficaz, intimidad y privacidad
en la higiene y los cuidados personales, libertad sexual, y el uso del Protocolo de
prevención y actuación ante situaciones de discriminación a personas LGTBI en recursos
de atención a personas mayores.
- Comprobar que el centro garantiza el bienestar emocional de las personas usuarias,
que están satisfechas de estar en el centro y viven con seguridad, ausencia de estrés, y
libertad religiosa.
- Comprobar que el centro garantiza las relaciones interpersonales de las personas
usuarias procurando y facilitando los contactos, visitas y salidas, así como la comunicación
persona usuaria-familia-centro.
- Comprobar que el centro garantiza el desarrollo personal elaborando para cada
persona usuaria una programación individual de atención (PAI), plan personal de apoyos
(PPA), plan de intervención individualizado o plan de atención y vida, con la participación
de la propia persona usuaria si es posible, así como elaborando y poniendo en práctica
una programación de actividades significativas.
- Comprobar que el centro garantiza la autodeterminación de las personas usuarias
mediante la firma del consentimiento de ingreso y libertad de permanencia y salida, la
libre elección de ropa, la libertad de horarios en dormitorio y baño, y la personalización de
espacios privados.
- Comprobar que el centro garantiza el aseguramiento de derechos mediante
la publicación reglada de precios de los distintos servicios, permitiendo la libertad
ideológica y el derecho a voto, contando con un sistema que certifique la confidencialidad
y protección de datos, sistema de información, sugerencias y quejas, control judicial de
ingresos involuntarios, y conocimiento de las declaraciones de voluntades anticipadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Programa 2.1. Aseguramiento del ejercicio de los derechos inalienables y otros
derechos como personas usuarias.
Antes que persona usuaria se es persona, por lo que los derechos humanos
inalienables de cada hombre o mujer son anteriores a los derechos como persona usuaria.
En todos los servicios y centros de servicios sociales ha de garantizarse la preservación
de la dignidad, el respeto a las diferencias, la libertad y la igualdad de todas las personas
usuarias, especialmente de las más vulnerables, trabajando con sus necesidades, pero
sobre todo, acatando sus preferencias y sus deseos en la atención y en la vida cotidiana,
procurando su empoderamiento para que se sientan respetadas y valiosas. La actuación
inspectora se basará en una supervisión minuciosa de la atención asistencial que se
presta a las personas usuarias, y se estará especialmente vigilante en la detección de
posibles situaciones de vulneración de derechos o maltrato institucional. En caso de
presunto delito, la Inspección trasladará los hechos a la Fiscalía correspondiente.