Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/1-6)
Orden de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de los servicios sociales para los años 2022 y 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
página 20627/9
- Centros de personas víctimas de violencia de género.
- Servicios de apoyo al acogimiento familiar de menores, de postadopción, y de
evaluación, diagnóstico y tratamiento a menores víctimas de violencia sexual en Andalucía.
- Contrato de inserción laboral y social para jóvenes inmigrantes que hayan estado
bajo medidas del sistema de protección de menores de la Junta de Andalucía.
Objetivos Generales:
- Comprobar que las personas usuarias de los servicios y centros de servicios
sociales son tratadas con dignidad, actúan libremente, tienen calidad de vida, y sienten
respetados sus derechos.
- Examinar la puesta en práctica por cada persona usuaria de una programación
individual de atención (PAI), plan personal de apoyo (PPA), plan de intervención
individualizado o plan de atención y vida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252875
Línea 2. Actuaciones para garantizar los derechos de las personas usuarias de las
entidades, servicios y centros de servicios sociales.
Son funciones de la Inspección de Servicios Sociales, conforme a lo dispuesto en
el artículo 90 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, y al artículo 5 del Decreto 25/2018,
de 23 de enero, observar el respeto de los derechos de las personas usuarias de los
servicios y centros de servicios sociales, realizando las actuaciones necesarias que
contribuyan a garantizar dicho respeto; detectar las entidades, servicios y centros de
servicios sociales que incumplan la normativa vigente con actuaciones que vulneren
los derechos de las personas usuarias, a la seguridad de las mismas, así como a la
salubridad e higiene; informar, asesorar y orientar a los distintos sectores implicados e
interesados, en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones y
de la normativa vigente sobre la materia; verificar la existencia y correcto funcionamiento
de cauces de participación de las personas usuarias o de sus representantes legales y
familias; y detectar buenas prácticas profesionales en los servicios y centros de servicios
sociales con vistas a su difusión, a la vez que identificar indicadores de riesgo que
reflejen prácticas negativas de atención y que permitan concentrar los esfuerzos para su
corrección y cese.
El enfoque basado en Derechos Humanos proclamado en la Agenda 2030, que
sitúa a cualquier persona como sujeto de derechos, se completa detalladamente con lo
señalado en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, donde se recogen
todos los derechos tanto de las personas usuarias de los servicios sociales como de las
personas usuarias de los centros residenciales y centros de día.
La atención asistencial prestada en los centros ha de buscar y priorizar la calidad
de vida de las personas que precisan cuidados, apoyando que puedan seguir teniendo
control en su entorno, en sus cuidados y en su vida cotidiana, respetando su proyecto
de vida, desarrollando sus capacidades y sintiéndose bien. La dignidad, la justicia
social, la autonomía, el bienestar, la igualdad y la participación son los valores éticos del
Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, según la Estrategia de Ética de los
Servicios Sociales de Andalucía aprobada por Orden de 22 de diciembre de 2020. Velar
por la dignidad de cada persona conlleva practicar una ética del cuidado dentro de las
relaciones institucionales, con la obligación moral y profesional de situar a la persona
en el centro, como explicita claramente la Ley andaluza de servicios sociales. Hablar de
justicia es hablar de inclusión y corresponsabilidad; hablar de autonomía es hacerlo de
libertad y empoderamiento. Por otra parte el bienestar involucra diferentes dimensiones
-emocional, material, personal, físico, relaciones interpersonales,...-, la igualdad implica
la no discriminación por razón de género y garantizar la accesibilidad a servicios
e información, y la equidad consiste en dar a cada uno lo que necesita. Por último, la
participación en la información, en la consulta y debate, y en la toma de decisiones,
legitima todo el Sistema de Servicios Sociales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
página 20627/9
- Centros de personas víctimas de violencia de género.
- Servicios de apoyo al acogimiento familiar de menores, de postadopción, y de
evaluación, diagnóstico y tratamiento a menores víctimas de violencia sexual en Andalucía.
- Contrato de inserción laboral y social para jóvenes inmigrantes que hayan estado
bajo medidas del sistema de protección de menores de la Junta de Andalucía.
Objetivos Generales:
- Comprobar que las personas usuarias de los servicios y centros de servicios
sociales son tratadas con dignidad, actúan libremente, tienen calidad de vida, y sienten
respetados sus derechos.
- Examinar la puesta en práctica por cada persona usuaria de una programación
individual de atención (PAI), plan personal de apoyo (PPA), plan de intervención
individualizado o plan de atención y vida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252875
Línea 2. Actuaciones para garantizar los derechos de las personas usuarias de las
entidades, servicios y centros de servicios sociales.
Son funciones de la Inspección de Servicios Sociales, conforme a lo dispuesto en
el artículo 90 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, y al artículo 5 del Decreto 25/2018,
de 23 de enero, observar el respeto de los derechos de las personas usuarias de los
servicios y centros de servicios sociales, realizando las actuaciones necesarias que
contribuyan a garantizar dicho respeto; detectar las entidades, servicios y centros de
servicios sociales que incumplan la normativa vigente con actuaciones que vulneren
los derechos de las personas usuarias, a la seguridad de las mismas, así como a la
salubridad e higiene; informar, asesorar y orientar a los distintos sectores implicados e
interesados, en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones y
de la normativa vigente sobre la materia; verificar la existencia y correcto funcionamiento
de cauces de participación de las personas usuarias o de sus representantes legales y
familias; y detectar buenas prácticas profesionales en los servicios y centros de servicios
sociales con vistas a su difusión, a la vez que identificar indicadores de riesgo que
reflejen prácticas negativas de atención y que permitan concentrar los esfuerzos para su
corrección y cese.
El enfoque basado en Derechos Humanos proclamado en la Agenda 2030, que
sitúa a cualquier persona como sujeto de derechos, se completa detalladamente con lo
señalado en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, donde se recogen
todos los derechos tanto de las personas usuarias de los servicios sociales como de las
personas usuarias de los centros residenciales y centros de día.
La atención asistencial prestada en los centros ha de buscar y priorizar la calidad
de vida de las personas que precisan cuidados, apoyando que puedan seguir teniendo
control en su entorno, en sus cuidados y en su vida cotidiana, respetando su proyecto
de vida, desarrollando sus capacidades y sintiéndose bien. La dignidad, la justicia
social, la autonomía, el bienestar, la igualdad y la participación son los valores éticos del
Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, según la Estrategia de Ética de los
Servicios Sociales de Andalucía aprobada por Orden de 22 de diciembre de 2020. Velar
por la dignidad de cada persona conlleva practicar una ética del cuidado dentro de las
relaciones institucionales, con la obligación moral y profesional de situar a la persona
en el centro, como explicita claramente la Ley andaluza de servicios sociales. Hablar de
justicia es hablar de inclusión y corresponsabilidad; hablar de autonomía es hacerlo de
libertad y empoderamiento. Por otra parte el bienestar involucra diferentes dimensiones
-emocional, material, personal, físico, relaciones interpersonales,...-, la igualdad implica
la no discriminación por razón de género y garantizar la accesibilidad a servicios
e información, y la equidad consiste en dar a cada uno lo que necesita. Por último, la
participación en la información, en la consulta y debate, y en la toma de decisiones,
legitima todo el Sistema de Servicios Sociales.