3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/251-21)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da cumplimiento a la Orden de 28 de diciembre de 2021, de delegación de competencias en materia de gestión y recaudación en vía voluntaria, así como la revisión de tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que presten o realicen determinados servicios o actividades.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20864/4
e) Por la tramitación de autorización de vertidos al dominio público hidráulico y al
dominio público marítimo terrestre.
f) Por servicios de inspección y facultativos en vertidos al dominio público hidráulico y
al dominio público marítimo terrestre.
g) Por servicios facultativos en materia de deslinde del dominio público hidráulico.
h) Por ocupación de monte público a instancia de parte.
i) Por servicios facultativos en materia de deslinde y amojonamiento de monte público
a instancia de parte.
j) Por autorización de cambio de uso forestal a agrícola.
k) Por servicios administrativos y facultativos en materia de aprovechamientos
forestales en montes particulares carentes de proyecto o plan técnico de ordenación
forestal aprobado y vigente.
l) Por autorización para pruebas deportivas en el medio natural.
m) Por autorización de excepciones al régimen general de protección de las especies
silvestres y sus hábitats.
n) Por autorización para la apertura, modificación sustancial y ampliación de parques
zoológicos.
o) Por extinción de incendios forestales.
p) Por servicios administrativos y facultativos en materia de pesca continental en Andalucía.
q) Por servicios administrativos y facultativos en materia de caza en Andalucía.
Decimoquinto. Delegar en la Consejería con competencias en materia de turismo
las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de las
siguientes tasas:
a) Por servicios administrativos de habilitación para el ejercicio de la actividad de
guía de turismo de Andalucía y por la expedición, renovación y duplicado de carné o
credencial.
b) Por servicios administrativos de expedición del título oficial de Técnico de Empresas
y Actividades Turísticas y de emisión de certificaciones.
Decimosexto. Delegar en la Consejería con competencias en materia de deporte las
competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de la tasa en
materia de enseñanza náutico-deportiva.
Decimoséptimo. Delegar en la Consejería con competencias en materia de juegos y
apuestas las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario
de la tasa por servicios administrativos en materia de juegos y apuestas.
Decimonoveno. Delegar las competencias de gestión tributaria y de recaudación en
periodo voluntario de la tasa por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio
público en las Consejerías o entidades instrumentales vinculadas o dependientes
de la Administración de la Junta de Andalucía que habiliten, mediante concesiones,
autorizaciones u otros títulos, la ocupación y/o aprovechamiento de bienes de dominio
público, con excepción de la Agencia Tributaria de Andalucía respecto a los bienes de
dominio público que tenga adscritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253133
Decimoctavo. Delegar las competencias de gestión tributaria y de recaudación
en periodo voluntario de la tasa por inscripción en las convocatorias que realice la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la selección de personal en
sus respectivos ámbitos funcionales a las siguientes Consejerías y entidades vinculadas
o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía:
a) A la Consejería competente en materia de educación.
b) Al Instituto Andaluz de Administración Pública.
c) Al Servicio Andaluz de Salud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20864/4
e) Por la tramitación de autorización de vertidos al dominio público hidráulico y al
dominio público marítimo terrestre.
f) Por servicios de inspección y facultativos en vertidos al dominio público hidráulico y
al dominio público marítimo terrestre.
g) Por servicios facultativos en materia de deslinde del dominio público hidráulico.
h) Por ocupación de monte público a instancia de parte.
i) Por servicios facultativos en materia de deslinde y amojonamiento de monte público
a instancia de parte.
j) Por autorización de cambio de uso forestal a agrícola.
k) Por servicios administrativos y facultativos en materia de aprovechamientos
forestales en montes particulares carentes de proyecto o plan técnico de ordenación
forestal aprobado y vigente.
l) Por autorización para pruebas deportivas en el medio natural.
m) Por autorización de excepciones al régimen general de protección de las especies
silvestres y sus hábitats.
n) Por autorización para la apertura, modificación sustancial y ampliación de parques
zoológicos.
o) Por extinción de incendios forestales.
p) Por servicios administrativos y facultativos en materia de pesca continental en Andalucía.
q) Por servicios administrativos y facultativos en materia de caza en Andalucía.
Decimoquinto. Delegar en la Consejería con competencias en materia de turismo
las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de las
siguientes tasas:
a) Por servicios administrativos de habilitación para el ejercicio de la actividad de
guía de turismo de Andalucía y por la expedición, renovación y duplicado de carné o
credencial.
b) Por servicios administrativos de expedición del título oficial de Técnico de Empresas
y Actividades Turísticas y de emisión de certificaciones.
Decimosexto. Delegar en la Consejería con competencias en materia de deporte las
competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de la tasa en
materia de enseñanza náutico-deportiva.
Decimoséptimo. Delegar en la Consejería con competencias en materia de juegos y
apuestas las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario
de la tasa por servicios administrativos en materia de juegos y apuestas.
Decimonoveno. Delegar las competencias de gestión tributaria y de recaudación en
periodo voluntario de la tasa por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio
público en las Consejerías o entidades instrumentales vinculadas o dependientes
de la Administración de la Junta de Andalucía que habiliten, mediante concesiones,
autorizaciones u otros títulos, la ocupación y/o aprovechamiento de bienes de dominio
público, con excepción de la Agencia Tributaria de Andalucía respecto a los bienes de
dominio público que tenga adscritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253133
Decimoctavo. Delegar las competencias de gestión tributaria y de recaudación
en periodo voluntario de la tasa por inscripción en las convocatorias que realice la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la selección de personal en
sus respectivos ámbitos funcionales a las siguientes Consejerías y entidades vinculadas
o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía:
a) A la Consejería competente en materia de educación.
b) Al Instituto Andaluz de Administración Pública.
c) Al Servicio Andaluz de Salud.