3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/251-21)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da cumplimiento a la Orden de 28 de diciembre de 2021, de delegación de competencias en materia de gestión y recaudación en vía voluntaria, así como la revisión de tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que presten o realicen determinados servicios o actividades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021

página 20864/3

f) Por acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones
sanitarias.
g) Por las pruebas realizadas por la red de laboratorios de salud pública.
h) Por controles oficiales a animales sacrificados en mataderos, establecimientos
de manipulación de caza, salas de despiece y salas de tratamiento de reses de lidia,
establecimientos de producción e introducción en el mercado de productos de la pesca y
la acuicultura y por controles e inspecciones sanitarias en buques factoría, congeladores
y de transporte de productos de la pesca en puertos de países terceros.
Noveno. Delegar en el Servicio Andaluz de Salud las competencias de gestión
tributaria y de recaudación en periodo voluntario de las siguientes tasas:
a) Por los servicios sanitarios que preste.
b) Por controles oficiales a animales sacrificados en mataderos, establecimientos
de manipulación de caza, salas de despiece y salas de tratamiento de reses de lidia,
establecimientos de producción e introducción en el mercado de productos de la pesca y
la acuicultura y por controles e inspecciones sanitarias en buques factoría, congeladores
y de transporte de productos de la pesca en puertos de países terceros.
Décimo. Delegar en la Consejería con competencias en materia de educación
las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de las
siguientes tasas:
a) Por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios en materia
de educación.
b) Por los servicios académicos y administrativos de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Undécimo. Delegar en la Consejería con competencias en materia de cultura las
competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de la Tasa por
servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Duodécimo. Delegar en la Consejería con competencias en materia de ordenación
del territorio las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario
de la tasa por expedición de copias y certificaciones de documentos depositados en los
registros previstos en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad
del territorio de Andalucía.

Decimocuarto. Delegar en la Consejería con competencias en materia de medio
ambiente las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario
de las siguientes tasas:
a) Por servicios administrativos en materia de gestión del litoral.
b) Por servicios administrativos de concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
c) Por servicios administrativos de inscripción en el Registro de Entidades
Colaboradoras de la Administración en materia de Calidad Ambiental.
d) Por la prevención y control de la contaminación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253133

Decimotercero. Delegar en la Consejería con competencias en materia de vías
pecuarias las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario
de las siguientes tasas:
a) Por ocupación en vías pecuarias.
b) Por servicios facultativos en materia de deslinde y modificación de trazados de
vías pecuarias.
c) Por suministro de información ambiental de vías pecuarias.