Disposiciones generales. Presidencia. (2021/250-2)
Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20766/8
y la política de cohesión, con una previsión de gasto público total por importe de 3.635,4
millones de euros para todo el Programa Operativo.
La Subvención Global Competitividad-Innovación-Empleo de Andalucía 2014-2020
citada más arriba tiene como objetivo apoyar la innovación y el desarrollo de la empresa
andaluza, mediante un conjunto de incentivos que permiten financiar actuaciones que
persiguen la mejora de la competitividad, la transformación digital, así como el incremento
de la dimensión del tejido productivo andaluz en el marco de la especialización inteligente
de Andalucía. La programación establecida para el periodo 2014-2020 se estimaba en
556 millones de euros. En el momento presente, la ejecución de la citada Subvención
Global se está acelerando con la finalidad de poner a disposición del tejido empresarial
andaluz la mayor cantidad de fondos posibles mediante la resolución de las últimas
convocatorias publicadas y, por tanto, mejorar y agilizar la gestión para que incida de
manera positiva en la ejecución de dicho instrumento.
Por consiguiente, se estima fundamental, tanto para la adecuada agilidad en la
gestión, certificación y justificación de los fondos que le corresponden del marco anterior,
como para los nuevos que se ejecuten en el periodo 2021-2027, contar con un ente
idóneo para ello, que actúe bajo criterios de eficiencia en el ejercicio de esta actividad. La
finalidad de interés público y para las empresas de Andalucía que se pretende alcanzar
con esta ley no se obtiene exclusivamente con la mejora de los criterios de eficacia y
eficiencia en la gestión de los fondos provenientes de la Unión Europea que ejecuta la
Comunidad Autónoma en el marco de la planificación económica, con las particularidades
que se precisen para la gestión de los instrumentos financieros. El cambio en la forma
de actuación, en consecuencia, debe orientarse bajo un nuevo prisma, con la existencia
de un ente único en el que se dote de coherencia a las acciones para una gestión más
eficaz, en el que se pongan todos los recursos disponibles en la misma dirección en
cuanto a la consecución de objetivos comunes.
Además de los criterios antes citados se estima también que, para lograr esa gestión
más eficaz y en una única dirección, se acometa la necesaria incorporación al nuevo ente
de las funciones de «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.»,
para la consecución de dichos logros. Ello aportará talento por su capacidad en la atracción
y captación de inversión extranjera para Andalucía, por su experiencia en la consultoría
especializada y por la promoción para la internacionalización de las empresas andaluzas
y de sus productos, en la inteligencia de mercado y de negocio, en los procesos de
transformación digital y reingeniería de procesos de operaciones, en la colaboración en las
funciones de difusión, promoción y representación institucional de la Comunidad Autónoma
de Andalucía fuera de su territorio, etc. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
(Idea) también tiene atribuidas en sus Estatutos competencias para las actuaciones
dirigidas a la atracción de inversiones extranjeras y la participación en empresas y espacios
de innovación, motivo que refuerza aún más la necesidad de unificar objetivos comunes en
una única entidad y evitar duplicidades innecesarias.
En relación a la Agencia Andaluza del Conocimiento, ha de destacarse que en el
«Informe Definitivo de Auditoría de Agencias Públicas Empresariales», de 31 de mayo
de 2019, de la Intervención General de la Junta de Andalucía antes citado, ya se
indicaba expresamente que uno de los principales motivos para la creación de dicha
Agencia fue que se encargara de fomentar la I+D+I, pilar básico para la consecución
por la entidad de los fines recogidos en la exposición de motivos de la Ley 16/2007, de
3 de diciembre. Sin embargo, atendiendo al PAIF y a la memoria de actividades de la
Agencia de los últimos ejercicios, las actividades que realiza la Agencia en el marco de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253032
VII
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y la política de cohesión, con una previsión de gasto público total por importe de 3.635,4
millones de euros para todo el Programa Operativo.
La Subvención Global Competitividad-Innovación-Empleo de Andalucía 2014-2020
citada más arriba tiene como objetivo apoyar la innovación y el desarrollo de la empresa
andaluza, mediante un conjunto de incentivos que permiten financiar actuaciones que
persiguen la mejora de la competitividad, la transformación digital, así como el incremento
de la dimensión del tejido productivo andaluz en el marco de la especialización inteligente
de Andalucía. La programación establecida para el periodo 2014-2020 se estimaba en
556 millones de euros. En el momento presente, la ejecución de la citada Subvención
Global se está acelerando con la finalidad de poner a disposición del tejido empresarial
andaluz la mayor cantidad de fondos posibles mediante la resolución de las últimas
convocatorias publicadas y, por tanto, mejorar y agilizar la gestión para que incida de
manera positiva en la ejecución de dicho instrumento.
Por consiguiente, se estima fundamental, tanto para la adecuada agilidad en la
gestión, certificación y justificación de los fondos que le corresponden del marco anterior,
como para los nuevos que se ejecuten en el periodo 2021-2027, contar con un ente
idóneo para ello, que actúe bajo criterios de eficiencia en el ejercicio de esta actividad. La
finalidad de interés público y para las empresas de Andalucía que se pretende alcanzar
con esta ley no se obtiene exclusivamente con la mejora de los criterios de eficacia y
eficiencia en la gestión de los fondos provenientes de la Unión Europea que ejecuta la
Comunidad Autónoma en el marco de la planificación económica, con las particularidades
que se precisen para la gestión de los instrumentos financieros. El cambio en la forma
de actuación, en consecuencia, debe orientarse bajo un nuevo prisma, con la existencia
de un ente único en el que se dote de coherencia a las acciones para una gestión más
eficaz, en el que se pongan todos los recursos disponibles en la misma dirección en
cuanto a la consecución de objetivos comunes.
Además de los criterios antes citados se estima también que, para lograr esa gestión
más eficaz y en una única dirección, se acometa la necesaria incorporación al nuevo ente
de las funciones de «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.»,
para la consecución de dichos logros. Ello aportará talento por su capacidad en la atracción
y captación de inversión extranjera para Andalucía, por su experiencia en la consultoría
especializada y por la promoción para la internacionalización de las empresas andaluzas
y de sus productos, en la inteligencia de mercado y de negocio, en los procesos de
transformación digital y reingeniería de procesos de operaciones, en la colaboración en las
funciones de difusión, promoción y representación institucional de la Comunidad Autónoma
de Andalucía fuera de su territorio, etc. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
(Idea) también tiene atribuidas en sus Estatutos competencias para las actuaciones
dirigidas a la atracción de inversiones extranjeras y la participación en empresas y espacios
de innovación, motivo que refuerza aún más la necesidad de unificar objetivos comunes en
una única entidad y evitar duplicidades innecesarias.
En relación a la Agencia Andaluza del Conocimiento, ha de destacarse que en el
«Informe Definitivo de Auditoría de Agencias Públicas Empresariales», de 31 de mayo
de 2019, de la Intervención General de la Junta de Andalucía antes citado, ya se
indicaba expresamente que uno de los principales motivos para la creación de dicha
Agencia fue que se encargara de fomentar la I+D+I, pilar básico para la consecución
por la entidad de los fines recogidos en la exposición de motivos de la Ley 16/2007, de
3 de diciembre. Sin embargo, atendiendo al PAIF y a la memoria de actividades de la
Agencia de los últimos ejercicios, las actividades que realiza la Agencia en el marco de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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