Disposiciones generales. Presidencia. (2021/250-2)
Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
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Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021

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de Interés Estratégico, aprobada por Acuerdo de 29 de octubre de 2019, del Consejo de
Gobierno, por el que se mandataba a la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior a realizar las actuaciones necesarias para crear esta Unidad, para que
actúe en todos los trámites necesarios para la efectiva puesta en marcha y ejecución
de los proyectos declarados y poniendo a disposición de sus promotores los medios
que permitan impulsar y realizar una labor de seguimiento de la tramitación de las
autorizaciones e informes en los distintos departamentos de la Administración de la
Junta de Andalucía.
En este contexto, el Gobierno andaluz aprobó, mediante Acuerdo de 4 de junio de
2019, del Consejo de Gobierno, la formulación del Plan General de Emprendimiento. El
Decreto 176/2021, de 8 de junio, por el que se aprueba el Plan General de Emprendimiento
2021-2027, con la finalidad de servir de instrumento básico de planificación que permitirá
ofrecer a los emprendedores andaluces un conjunto de servicios e instrumentos de apoyo
adaptados a sus necesidades y que permitan impulsar las iniciativas empresariales
andaluzas, sobre todo en los ámbitos de innovación y startups.
Como se establece en la presente ley, la Agencia Empresarial para la Transformación
y el Desarrollo Económico (TRADE) va a tener entre sus fines la promoción de la iniciativa
pública y privada para la creación de empresas dirigidas a los sectores económicos
que la Administración de la Junta de Andalucía considere básicos y la facilitación y la
coordinación de los medios para la creación de empresas y de empleo, en el marco
de los objetivos de la promoción económica para Andalucía, favoreciendo el desarrollo
económico y la mejora de su estructura productiva. Para la consecución de tales objetivos
se considera que la Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía
resulta instrumento imprescindible, prestando asistencia y asesoramiento a las personas
o entidades promotoras sobre todos los trámites necesarios para la efectiva puesta en
marcha y ejecución del proyecto, realizando actuaciones de coordinación con las distintas
Consejerías y entidades instrumentales con competencias sobre los procedimientos que
afecten a los proyectos de inversión.
Mediante Decreto 56/2020, de 15 de abril, se modificó parcialmente la relación
de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,
con la finalidad de determinar la composición de la Unidad Aceleradora de Proyectos
de Interés Estratégico en Andalucía y de crear los puestos de trabajo inicialmente
necesarios, de coordinación, de asesoramiento técnico y de apoyo administrativo de la
Unidad, para prestar asistencia y asesoramiento a las personas o entidades promotoras
sobre todos los trámites necesarios para la efectiva puesta en marcha y ejecución de
los proyectos, así como para realizar las actuaciones de coordinación con las distintas
Consejerías y entidades instrumentales con competencias sobre los procedimientos que
afecten a los proyectos de inversión.
Los citados puestos seguirán estando adscritos a la Consejería de la Presidencia,
Administración Pública e Interior, con independencia de que desarrollen sus funciones
en la nueva Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico
(TRADE).
Como agencia pública empresarial, el personal de la Agencia se regirá por el derecho
laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
La presencia de personal funcionario es excepcional y solo será exigible, según lo previsto
ex artículo 69.3 de la misma norma, en el caso de funciones que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas, que son precisamente las que se
le atribuyen a la Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía en
el momento inicial del procedimiento de declaración de interés estratégico para nuestra
Comunidad Autónoma de aquellas iniciativas empresariales que se tramiten, de acuerdo
con la modificación que se realiza en el Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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