Disposiciones generales. Presidencia. (2021/250-2)
Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
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Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
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por diez Universidades públicas y una Universidad privada y más de mil cien títulos
universitarios (grados, másteres y programas de doctorado), no existe ningún otro
organismo autonómico o nacional con capacidad para asumir tales funciones.
Además, debe tenerse en cuenta que la paralización de la actividad de evaluación
de la investigación en el Sistema Andaluz de Conocimiento afectaría seriamente a
la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones para la investigación,
transferencia del conocimiento y contratación de personal investigador de los Agentes
del Conocimiento andaluces, que se encuentran financiados principalmente por Fondos
Europeos dentro del Marco Comunitario 2014-2020, y que se prevén convocar o se
encuentran convocadas.
Por tanto, se entiende también que no puede existir demora en la creación de la
Agencia para la Calidad Científica Universitaria de Andalucía (ACCUA) como agencia
administrativa, pues supondría la imposibilidad de resolver a tiempo las convocatorias y,
por lo tanto, no se podría certificar ante la Comisión Europea en plazo, lo que provocaría
el no retorno de los Fondos Comunitarios. En la actualidad, el importe de Fondos
Europeos pendientes de comprometer en el periodo 2021-2023 para la actividad de
investigación asciende a aproximadamente setenta y cuatro millones de euros. Además,
la demora en la creación de la Agencia supondría un grave retraso en la inversión prevista
en I+D+I, imposibilitando que lleguen estos fondos a los Agentes del Sistema Andaluz
del Conocimiento, provocando una paralización de la actividad investigadora en nuestra
región. Es preciso indicar que la pandemia sufrida ha puesto de manifiesto las debilidades
en I+D+I y la necesidad de impulsar sin demora este sector para salir reforzados de la
crisis sanitaria y económica.
Como se ha indicado anteriormente y en base a las conclusiones del Informe
Definitivo de Auditoría Operativa de la Agencia Andaluza del Conocimiento recién
presentado, se pueden destacar dos líneas de actuación suficientemente justificadas.
Por un lado, la necesidad de evitar duplicidades en el ejercicio de las funciones
vinculadas con la actividad de fomento y gestión de la investigación; de transferencia
del conocimiento a las empresas y el sector productivo; y de innovación tecnológica
y participación de empresas y agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y, por
otro lado, la necesidad de mantener una entidad, con la forma jurídica adecuada, que
desarrolle las funciones y competencias propias de evaluación y acreditación de las
instituciones universitarias y de las actividades de investigación científica y técnica de
los Agentes de dicho Sistema.
A este respecto, resulta ilustrativo el citado Informe Definitivo en cuanto a la
importancia de las funciones de evaluación y acreditación que actualmente desarrolla
la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento:
«La AAC (Agencia Andaluza del Conocimiento) debería centrar sus esfuerzos en
las labores de evaluación y acreditación desempeñadas por la DEVA (Dirección de
Evaluación y Acreditación) ya que, tal y como se expone en el trabajo realizado, es
el área donde aporta un mayor valor añadido y genera un impacto relevante en el
SAC (véase epígrafe V.2 Análisis de la eficacia–2. Cumplimiento de los objetivos
fijados).»
Por lo tanto, se pone de manifiesto la extraordinaria y urgente necesidad, en el marco
de la compleja coyuntura económica provocada por la pandemia y para facilitar y agilizar
la actuación administrativa, de la extinción de la Agencia Andaluza del Conocimiento
para integrar por un lado en la nueva Agencia Empresarial para la Transformación y el
Desarrollo Económico (TRADE) todas las funciones afines a las finalidad prevista para
esta nueva agencia pública empresarial y para mantener, por otro lado, las funciones de
evaluación y acreditación imprescindibles para el Sistema Andaluz del Conocimiento, en
una entidad independiente y adecuada a tal finalidad como la Agencia para la Calidad
Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253032
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20766/10
por diez Universidades públicas y una Universidad privada y más de mil cien títulos
universitarios (grados, másteres y programas de doctorado), no existe ningún otro
organismo autonómico o nacional con capacidad para asumir tales funciones.
Además, debe tenerse en cuenta que la paralización de la actividad de evaluación
de la investigación en el Sistema Andaluz de Conocimiento afectaría seriamente a
la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones para la investigación,
transferencia del conocimiento y contratación de personal investigador de los Agentes
del Conocimiento andaluces, que se encuentran financiados principalmente por Fondos
Europeos dentro del Marco Comunitario 2014-2020, y que se prevén convocar o se
encuentran convocadas.
Por tanto, se entiende también que no puede existir demora en la creación de la
Agencia para la Calidad Científica Universitaria de Andalucía (ACCUA) como agencia
administrativa, pues supondría la imposibilidad de resolver a tiempo las convocatorias y,
por lo tanto, no se podría certificar ante la Comisión Europea en plazo, lo que provocaría
el no retorno de los Fondos Comunitarios. En la actualidad, el importe de Fondos
Europeos pendientes de comprometer en el periodo 2021-2023 para la actividad de
investigación asciende a aproximadamente setenta y cuatro millones de euros. Además,
la demora en la creación de la Agencia supondría un grave retraso en la inversión prevista
en I+D+I, imposibilitando que lleguen estos fondos a los Agentes del Sistema Andaluz
del Conocimiento, provocando una paralización de la actividad investigadora en nuestra
región. Es preciso indicar que la pandemia sufrida ha puesto de manifiesto las debilidades
en I+D+I y la necesidad de impulsar sin demora este sector para salir reforzados de la
crisis sanitaria y económica.
Como se ha indicado anteriormente y en base a las conclusiones del Informe
Definitivo de Auditoría Operativa de la Agencia Andaluza del Conocimiento recién
presentado, se pueden destacar dos líneas de actuación suficientemente justificadas.
Por un lado, la necesidad de evitar duplicidades en el ejercicio de las funciones
vinculadas con la actividad de fomento y gestión de la investigación; de transferencia
del conocimiento a las empresas y el sector productivo; y de innovación tecnológica
y participación de empresas y agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y, por
otro lado, la necesidad de mantener una entidad, con la forma jurídica adecuada, que
desarrolle las funciones y competencias propias de evaluación y acreditación de las
instituciones universitarias y de las actividades de investigación científica y técnica de
los Agentes de dicho Sistema.
A este respecto, resulta ilustrativo el citado Informe Definitivo en cuanto a la
importancia de las funciones de evaluación y acreditación que actualmente desarrolla
la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento:
«La AAC (Agencia Andaluza del Conocimiento) debería centrar sus esfuerzos en
las labores de evaluación y acreditación desempeñadas por la DEVA (Dirección de
Evaluación y Acreditación) ya que, tal y como se expone en el trabajo realizado, es
el área donde aporta un mayor valor añadido y genera un impacto relevante en el
SAC (véase epígrafe V.2 Análisis de la eficacia–2. Cumplimiento de los objetivos
fijados).»
Por lo tanto, se pone de manifiesto la extraordinaria y urgente necesidad, en el marco
de la compleja coyuntura económica provocada por la pandemia y para facilitar y agilizar
la actuación administrativa, de la extinción de la Agencia Andaluza del Conocimiento
para integrar por un lado en la nueva Agencia Empresarial para la Transformación y el
Desarrollo Económico (TRADE) todas las funciones afines a las finalidad prevista para
esta nueva agencia pública empresarial y para mantener, por otro lado, las funciones de
evaluación y acreditación imprescindibles para el Sistema Andaluz del Conocimiento, en
una entidad independiente y adecuada a tal finalidad como la Agencia para la Calidad
Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253032
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía