3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2021/250-23)
Decreto 290/2021, de 28 de diciembre, por el que se disuelve la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, se designa órgano liquidador, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021

página 20863/6

4. De la ejecución de las medidas aplicables al personal de la Agencia extinguida no
podrá derivarse incremento alguno de la masa salarial preexistente en ésta.
Disposición adicional única. Integración de los centros de la Agencia Sanitaria en la
red Hospitalaria del SAS.
Se integran en la red Hospitalaria del SAS, adecuando su organización a lo previsto
en el Decreto 105/1986, de 11 de junio, sobre ordenación de asistencia sanitaria
especializada y órganos de dirección de los hospitales, los centros siguientes de la
provincia de Málaga:
a) El Hospital Costa del Sol en Marbella.
b) Los Hospitales de Alta Resolución de Benalmádena y de Estepona.
c) El Centro de Alta Resolución de Especialidades de Mijas.
Disposición transitoria primera. Dependencia funcional de los centros de la Agencia
Sanitaria.
Hasta la aprobación y publicación del nuevo Mapa Sanitario de Andalucía, se
determina la siguiente dependencia funcional y asistencial de los centros de la Agencia
Sanitaria:
a) El Hospital de Alta Resolución de Estepona y el Centro de Alta Resolución de
Especialidades de Mijas, del Hospital Costa del Sol, de Marbella.
b) El Hospital de Alta Resolución de Benalmádena, del Hospital Universitario Virgen
de la Victoria de Málaga.
Disposición transitoria segunda. Adscripción provisional de plazas.
1. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional única, hasta tanto
finalicen los procesos de estatutarización a que se refieren las disposiciones finales
segunda y tercera, el personal laboral procedente de la Agencia Sanitaria se adscribe
provisionalmente a los centros de la misma en que desarrollen sus funciones en jornada
mayoritaria.
2. El personal de administración, gestión y servicios, incluido el personal directivo
y cargos intermedios en cuyo contrato no aparezca la vinculación a un centro concreto
de la Agencia Sanitaria, quedan adscritos provisionalmente al Hospital Costa del Sol de
Marbella.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.4 de Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, una
vez finalizados los procesos de estatutarización se procederá, mediante un proceso de
movilidad voluntario y restringido al personal procedente de la Agencia Sanitaria, a la
asignación definitiva de los profesionales a que se refieren los apartados 1 y 2, según lo
previsto en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos que a tal efecto se apruebe.

Disposición transitoria cuarta. Convocatorias de Ofertas de Empleo Público no culminadas.
1. Los procedimientos de selección de personal de la Agencia Sanitaria, que se
encuentren en tramitación a la entrada en vigor del presente decreto, continuarán
rigiéndose por las normas que se deriven de sus respectivas ofertas y convocatorias,
hasta su finalización.
2. De conformidad con las atribuciones que se le asignan en el Decreto 105/2019, de
12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Disposición transitoria tercera. Unidades y delegados de prevención.
Los centros de la Agencia Sanitaria mantendrán sus unidades y delegados de
prevención hasta que se proceda a la adaptación de las mismas a la estructura de
prevención de riesgos laborales resultante del nuevo Mapa Sanitario de Andalucía,
conservando hasta entonces los delegados de prevención todos sus derechos y deberes.