3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
151 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

ORGANISMO:

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20633/94
Hoja 94 de 151

5. Los estudiantes de la Universidad de Granada tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por licencia
o permiso cuando sean autorizados expresamente y se encuentren al corriente del pago del importe de su
matrícula.
Artículo 4. Régimen jurídico y órganos competentes para la autorización de permisos y licencias con
derecho a indemnización.
1. Personal Docente e Investigador
1.1. El régimen jurídico de permisos o licencias para el Personal Docente Investigador se rige por el
“Reglamento por el que se establece el régimen jurídico y se regula el procedimiento para la concesión de
Licencias y Permisos del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada”, aprobado en la
sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 29/06/2021.
1.2. Tal y como se contempla en el reglamento citado en el punto anterior, las solicitudes de los permisos,
licencias se realizarán a través de la aplicación informática establecida por la Universidad de Granada para tal
fin.
2. Personal de Administración y Servicios
2.1. Las licencias que tengan una duración igual o inferior a tres meses, se concederán por la Gerente, a
petición del interesado o de la interesada, previo informe de la Administración o de la Jefatura del Servicio o
Unidad afectadas y sin merma de retribución alguna.
2.2. Las licencias que tengan una duración superior a tres meses e inferior a un año, se concederán por el
Consejo de Gobierno.
2.3. Corresponde a la Gerente, por delegación expresa de la Rectora, la concesión de las permisos o licencias
con carácter indemnizable que se deban otorgar al Personal de Administración y Servicios. Las solicitudes se
realizarán únicamente a través de la aplicación informática permiso/licencia y comisión de servicio, salvo que
por problemas técnicos, justificados documentalmente, no resulte posible.
2.4. Con carácter general, las solicitudes de permisos o licencias con derecho a indemnización habrán de
presentarse para su autorización con una antelación mínima de 72 horas respecto a la fecha de inicio del viaje.
3. Estudiantes que desempeñen cargos académicos
La competencia relativa a la autorización de permisos o licencias con carácter indemnizable a estudiantes será la
que se establezca en Resolución de la Universidad de Granada, referente a las delegaciones de competencias de
la Rectora.
4. No será necesaria la autorización de licencia o permiso con derecho a indemnización para el Rector/a,
Vicerrectores/as y cargos asimilados a éstos/as, Secretario/a General, Gerente, Presidente/a y Secretario/a del
Consejo Social, Consejeros/as del Consejo Social y el Director/a del Gabinete del Rector/a. Tampoco será
necesaria dicha autorización para aquel personal que mediante mandato de la Rectora, Vicerrectores o cargos
asimilados a estos, deba asistir a cualquier acto o cometido en representación de la Universidad.

00252897

5. En las licencias o permisos con derecho a indemnización que se otorguen al personal se hará constar el
carácter de la concesión del permiso o licencia y la circunstancia de si ésta será con derecho a dietas o, en su
caso, indemnización de residencia eventual, y el viaje por cuenta de la Universidad, con expresión del lugar de
destino o destinos del desempeño de la actividad o actividades, y del lugar exacto y el día y hora del inicio y de los
previstos para la finalización.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja