3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
ORGANISMO:
página 20633/91
Hoja 91 de 151
Control Interno, podrá aprobar su convalidación.
Si la Rectora estimase no procedente la convalidación serán responsables del gasto de forma directa las personas
u órganos que lo hayan realizado, sin perjuicio de otras responsabilidades a que haya lugar.
Disposición adicional segunda. Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas Bases referidas a órganos unipersonales de gobierno y
representación, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino o femenino, según el
sexo del titular que las desempeñe.
Disposición adicional tercera. Desarrollo, interpretación, ejecución y cumplimiento de las presentes Bases.
La Gerente de la Ugr dictará las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo, interpretación,
ejecución y cumplimiento de las presentes Bases.
Disposición adicional cuarta. Modificación de las presentes Bases.
Estas Bases podrán ser modificadas por el mismo procedimiento utilizado para aprobarlas. No obstante, para su
adaptación a la normativa vigente sólo se precisará resolución emitida por la Gerente.
Disposición adicional quinta. Utilización de tecnologías de la información en la gestión del presupuesto.
1. Mediante resolución de la Gerente se regulará el procedimiento y requisitos para la utilización de medios que
faciliten el intercambio electrónico, informático o telemático de documentos para agilizar los procedimientos de la
gestión del presupuesto de gastos e ingresos, sustituyendo, en su caso, los soportes documentales en papel por
soportes propios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, tanto en los trámites internos como en
las relaciones con terceros, dentro del marco establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. y en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. Igualmente podrá disponer que las autorizaciones y controles formalizados mediante diligencias, firmas
manuscritas, sellos u otros medios manuales se reemplacen por autorizaciones y controles establecidos en los
sistemas de información.
3. Asimismo, se regularán las condiciones y requisitos para que la documentación justificativa de los gastos y
pagos, con independencia del tipo de soporte en el que originalmente se hubiera plasmado, podrá conservarse en
soporte informático. Las copias obtenidas de estos soportes informáticos gozarán de la validez y eficacia del
documento original, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación.
Disposición adicional sexta. Consejo Social.
00252897
El Presupuesto del Consejo Social se ejecutará de acuerdo con sus propias bases de ejecución, integrándose sus
estados de ingresos y de gastos, respectivamente, en el Presupuesto del ejercicio 2022. En cualquier caso, al
Consejo Social no le será de aplicación lo regulado en el artículo 48.1 b) y 143.5 de las presentes Bases.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRACIÓN LOCAL
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II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
ORGANISMO:
página 20633/91
Hoja 91 de 151
Control Interno, podrá aprobar su convalidación.
Si la Rectora estimase no procedente la convalidación serán responsables del gasto de forma directa las personas
u órganos que lo hayan realizado, sin perjuicio de otras responsabilidades a que haya lugar.
Disposición adicional segunda. Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas Bases referidas a órganos unipersonales de gobierno y
representación, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino o femenino, según el
sexo del titular que las desempeñe.
Disposición adicional tercera. Desarrollo, interpretación, ejecución y cumplimiento de las presentes Bases.
La Gerente de la Ugr dictará las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo, interpretación,
ejecución y cumplimiento de las presentes Bases.
Disposición adicional cuarta. Modificación de las presentes Bases.
Estas Bases podrán ser modificadas por el mismo procedimiento utilizado para aprobarlas. No obstante, para su
adaptación a la normativa vigente sólo se precisará resolución emitida por la Gerente.
Disposición adicional quinta. Utilización de tecnologías de la información en la gestión del presupuesto.
1. Mediante resolución de la Gerente se regulará el procedimiento y requisitos para la utilización de medios que
faciliten el intercambio electrónico, informático o telemático de documentos para agilizar los procedimientos de la
gestión del presupuesto de gastos e ingresos, sustituyendo, en su caso, los soportes documentales en papel por
soportes propios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, tanto en los trámites internos como en
las relaciones con terceros, dentro del marco establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. y en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. Igualmente podrá disponer que las autorizaciones y controles formalizados mediante diligencias, firmas
manuscritas, sellos u otros medios manuales se reemplacen por autorizaciones y controles establecidos en los
sistemas de información.
3. Asimismo, se regularán las condiciones y requisitos para que la documentación justificativa de los gastos y
pagos, con independencia del tipo de soporte en el que originalmente se hubiera plasmado, podrá conservarse en
soporte informático. Las copias obtenidas de estos soportes informáticos gozarán de la validez y eficacia del
documento original, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación.
Disposición adicional sexta. Consejo Social.
00252897
El Presupuesto del Consejo Social se ejecutará de acuerdo con sus propias bases de ejecución, integrándose sus
estados de ingresos y de gastos, respectivamente, en el Presupuesto del ejercicio 2022. En cualquier caso, al
Consejo Social no le será de aplicación lo regulado en el artículo 48.1 b) y 143.5 de las presentes Bases.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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