3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20633/45
Hoja 45 de 151

ORGANISMO:

presupuestaria propuesto.
4. Con la excepción de trasvases de crédito de operaciones corrientes a operaciones de capital y viceversa, no
tendrán la consideración formal de modificaciones presupuestarias y, por tanto, no les será de aplicación la
regulación establecida para las mismas, las minoraciones y aumentos de créditos que se produzcan:
a) Como consecuencia de operaciones internas entre Centros de Gasto.
b) Sobre dotaciones para becas de prácticas internas.
c) Con referencia a las distintas cuantías consignadas en el Centro de Gastos de "Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.
Los aumentos o minoraciones de créditos referidos en las letras a), b) y c) anteriores, serán tramitados mediante
expedientes de redistribuciones de créditos, según las instrucciones que al efecto sean dictadas por la Gerente.
5. A efectos de lo dispuesto en el punto anterior, se considerarán especialmente como operaciones internas las
siguientes, siempre que se respete la vinculación jurídica de los créditos, según los casos:
a) Relaciones Internas de Prestación de Servicios. Bajo esta distinción se contemplará:
- Minoraciones y aumentos de crédito, respectivamente, entre unidades orgánicas que se realice para
regular la compensación económica, sin transacción monetaria, cuando una unidad orgánica preste un
servicio o ceda un bien a otra.
- Minoraciones y aumentos de crédito entre orgánicas de Centros y Departamentos que se realicen para el
desarrollo de actividades de las mismas características, organizados por la Universidad de Granada en los
que participen el personal docente e investigador, personal de administración y servicios, becarios y
estudiantes de grado y posgrado.
- Los servicios prestados a la Comunidad Universitaria, por el Centro de Servicios de Informática y Redes
de Comunicación, el Centro de Instrumentación Científica, Centro de Actividades Deportivas y las
Residencias Universitarias y Colegios Mayores.
b) Relaciones Internas de Financiación de Actividades: las redistribuciones de crédito que efectúen los
Vicerrectorados con destino a los Centros, Departamentos y Cursos de especialización con la finalidad de
complementar la financiación de sus actividades.
c) Cuando se haya producido un error material en la contabilización de un gasto y no sea posible la rectificación
contable, se instrumentará una relación interna que permita su corrección.
Artículo 53. Régimen jurídico general.
La modificación de los créditos presupuestarios iniciales, se regulará por lo que establezca la Comunidad
Autónoma de Andalucía en desarrollo de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por los
Estatutos de la Universidad y por las presentes Bases, aplicándose supletoriamente la Ley del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el mismo ejercicio presupuestario y el Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
Artículo 54. Tramitación general de las modificaciones presupuestarias.

00252897

1. Las modificaciones presupuestarias se tramitarán mediante expediente elaborado por la Gerente, de acuerdo
con las siguientes normas:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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