3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20633/34
Hoja 34 de 151

ORGANISMO:

4. El Presupuesto del ejercicio 2022, en su Estado de Gastos, incorpora las siguientes cifras:
CAPÍTULO

CONCEPTO

I

«Gastos de Personal»

II

«Gastos Corrientes en
Bienes y Servicios»

III
IV

«Gastos Financieros»

Total Operaciones Corrientes
VII

340.256.900 €
48.641.131 €
337.000 €

«Transferencias
Corrientes»

VI

IMPORTE

«Inversiones Reales»

18.192.509 €
407.427.540 €
87.066.709 €

«Transferencias de
Capital»

7.026.819 €

VIII

«Activos Financieros»

650.000 €

IX

«Pasivos Financieros»

2.600.000 €

Total Operaciones de Capital
I a VII

Total Operaciones no
Financieras

VIII y IX

Total Operaciones
Financieras
TOTAL ESTADO DE GASTOS

97.343.528 €
501.521.069 €
3.250.000 €
504.771.068 €

SECCIÓN SEGUNDA: ESTRUCTURA DEL ESTADO DE INGRESOS.
Artículo 27. Clasificación orgánica y económica.
1. La estructura presupuestaria de los ingresos se presentará de acuerdo a la clasificación orgánica y económica.
Los ingresos se ordenarán en función del centro gestor encargado de su recaudación y de la naturaleza
económica de los mismos, atendiendo a la codificación por capítulos, artículos, conceptos, subconceptos y, en su
caso, partidas, según la clasificación establecida por la Orden de 28 de abril de 2006 de la Consejería de
Economía y Hacienda, por la que se aprueba la clasificación económica de ingresos y gastos del Presupuesto de
las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Adaptación a la Universidad de Granada).
Cuando sea necesario para una mejor contabilización de los ingresos, la Gerente, mediante resolución expresa,
podrá establecer nuevos códigos teniendo en cuenta la Orden mencionada en el párrafo anterior.

00252897

2. El citado Estado de Ingresos se clasifica atendiendo a la separación entre ingresos por Operaciones Corrientes
(Capítulos III al V) e ingresos por Operaciones de Capital (Capítulos VI al IX).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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